Artículo 22. Acuerdos con otros operadores para la financiación de la gestión de los residuos.
Artículo 22 del Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso. · BOE-A-2024-21709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-24.
Texto consolidado
En los casos previstos en el artículo 10 cuando la gestión no se lleve a cabo por la entidad local, los sistemas de responsabilidad ampliada celebrarán acuerdos con los agentes económicos del artículo 10 para financiar la gestión de los residuos generados por sus productos.
En estos supuestos, se evitarán las prácticas anticompetitivas y se respetará la confidencialidad de estas actividades de conformidad con la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
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