Artículo 27. Informe anual a la Comisión Europea.
Artículo 27 del Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso. · BOE-A-2024-21709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-24.
Texto consolidado
En cumplimiento del artículo 65.6 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, remitirá a la Comisión Europea, con respecto a cada año natural, los datos sobre productos del tabaco con filtros y filtros y los residuos recogidos. La información se comunicará en el formato determinado por la Comisión Europea de conformidad a los actos de ejecución que establezca a este fin.
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