Orden de 4 de abril de 2000 por la que se desarrolla el capítulo IV del título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de mercancías por carretera.
BOE-A-2000-6960 · Boletín Oficial del Estado, 2000-04-13 · Ministerio de Fomento
BOE-A-2000-6960 está derogada desde el 2019-02-21: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 2000-04-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 89, 2000-04-13
- Entrada en vigor
- 2000-04-14
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-02-21
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-6960
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (en adelante, ROTT), aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, establece en el capítulo IV de su título IV el régimen jurídico aplicable a la realización de transportes internacionales por carretera, previendo que determinados extremos sean concretados o desarrollados por el Ministro de Fomento.
Índice del articulado
- Artículo 1. Obligatoriedad de la autorización.
- Artículo 2. Clasificación de los transportes internacionales.
- Artículo 3. Naturaleza de la habilitación genérica para realizar transportes internacionales liberalizados.
- Artículo 4. Naturaleza de la autorización específica.
- Artículo 5. Clases de autorizaciones específicas.
- Artículo 6. Inscripción registral.
- Artículo 7. Requisitos para la inscripción registral.
- Artículo 8. Condiciones de permanencia en el RETIM.
- Artículo 9. Otorgamiento ordinario de autorizaciones bilaterales.
- Artículo 10. Supuestos especiales de otorgamiento de autorizaciones bilaterales.
- Artículo 11. Devolución de autorizaciones bilaterales.
- Artículo 12. Otorgamiento de licencias comunitarias (autorizaciones multilaterales de la UE).
- Artículo 13. Suspensión de licencias comunitarias y sus copias.
- Artículo 14. Otorgamiento de autorizaciones multilaterales del contingente ordinario de la CEMT.
- Artículo 15. Otorgamiento de autorizaciones multilaterales con tránsito libre por Austria del contingente de la CEMT.
- Artículo 16. Cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | la disposición adicional 2, por Orden de 26 de junio de 2001 |
| Se deroga | , por Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero |
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2000-6960?
- BOE-A-2000-6960 está derogada desde el 2019-02-21: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2000-6960?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2000-6960?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.