Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Jumilla".
BOE-A-2017-10245 · Boletín Oficial del Estado, 2017-09-06 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Orden APM/839/2017 está derogada desde el 2026-03-29: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden APM/839/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-08-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 214, 2017-09-06
- Entrada en vigor
- 2017-09-07
- Departamento
- Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2026-03-29
- Consolidado actualizado
- 2026-03-30
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-10245
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento de la Denominación de Origen «Jumilla» y de su Consejo Regulador fue aprobado por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 10 de noviembre de 1995, habiéndose modificado por sucesivas órdenes siendo la última la Orden AAA /1945/2014 de 16 de octubre.
En virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito supraautonómico fue creada la Corporación de derecho público «Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla».
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla.
- Disposición derogatoria única. Derogación de Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 10 de noviembre de 1995.
- Disposición final primera. Titulo competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Personalidad Jurídica.
- Artículo 2. De su ámbito de actuación.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. De sus funciones.
- Artículo 5. Obligaciones.
- Artículo 6. Órganos de gobierno.
- Artículo 7. El Pleno.
- Artículo 8. Funciones del Pleno del Consejo Regulador.
- Artículo 9. Régimen de funcionamiento del Pleno.
- Artículo 10. La Comisión Permanente.
- Artículo 11. Comisiones y grupos de trabajo.
- Artículo 12. El Presidente.
- Artículo 13. El vicepresidente.
- Artículo 14. Secretario del Consejo Regulador.
- Artículo 15. De los vocales.
- Artículo 16. Sistema Electoral.
- Artículo 17. Estructura de control. Organismo de control.
- Artículo 18. El Comité de partes.
- Artículo 19. Servicios del Consejo Regulador.
- Artículo 20. Personal del Consejo Regulador.
- Artículo 21. Derechos de los operadores.
- Artículo 22. Obligaciones de los operadores.
- Artículo 23. De la inscripción.
- Artículo 24. Requisitos de la inscripción.
- Artículo 25. Organización de los registros de la D.O.P. e inscripción en ellos.
- Artículo 26. Del Régimen de control.
- Artículo 27. De la Financiación.
- Artículo 28. Normas generales.
- Artículo 29. Faltas disciplinarias.
- Artículo 30. Faltas disciplinarias leves.
- Artículo 31. Faltas disciplinarias graves.
- Artículo 32. Faltas graves cometidas por los miembros del Pleno.
- Artículo 33. Faltas disciplinarias muy graves.
- Artículo 34. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 35. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 36. Prescripción.
- Artículo 37. Reincidencia.
- Artículo 38. Disposiciones de desarrollo.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden APM/839/2017?
- Orden APM/839/2017 está derogada desde el 2026-03-29: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden APM/839/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden APM/839/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.