Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.
BOE-A-2003-11048 · Boletín Oficial del Estado, 2003-06-03 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 9/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-03-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 132, 2003-06-03
- Entrada en vigor
- 2003-04-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 70
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-11048
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definición.
- Artículo 3. Naturaleza jurídica.
- Artículo 4. Destino.
- Artículo 5. Fines.
- Artículo 6. Tipos de vías pecuarias.
- Artículo 7. Competencias.
- Artículo 8. Conservación y defensa.
- Artículo 9. Investigación.
- Artículo 10. Disposición general.
- Artículo 11. Clasificación.
- Artículo 12. Creación, ampliación y recuperación.
- Artículo 13. Deslindes y Delimitaciones.
- Artículo 14. Amojonamiento.
- Artículo 15. Desafectación.
- Artículo 16. Destino de los terrenos desafectados.
- Artículo 17. Disposiciones generales.
- Artículo 18. Del trazado como consecuencia de nueva ordenación territorial y urbanística.
- Artículo 19. Del trazado de tramos urbanos y urbanizables.
- Artículo 20. Modificaciones de trazado por la realización de obras públicas.
- Artículo 21. Cruce de vías pecuarias por infraestructuras lineales.
- Artículo 22. Disposiciones generales.
- Artículo 23. Ocupaciones por razones de interés público.
- Artículo 24. Ocupaciones por razones de interés particular.
- Artículo 25. Ocupaciones en vías pecuarias innecesarias y en franjas sobrantes.
- Artículo 26. Ocupaciones en parcelas de reemplazo, procedentes de proyectos de modificación de la propiedad rústica.
- Artículo 27. Autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora.
- Artículo 28. Disposiciones generales.
- Artículo 29. Disposiciones generales.
- Artículo 30. Uso común, prioritario y específico.
- Artículo 31. Usos comunes compatibles.
- Artículo 32. Usos comunes complementarios.
- Artículo 33. Uso complementario prevalente.
- Artículo 34. Vías de servicio sobre vías pecuarias en las zonas afectadas por Planes o Proyectos de Reorganización de la Propiedad Rústica.
- Artículo 35. Red Nacional.
- Artículo 36. Red Regional.
- Artículo 37. Fondo documental.
- Artículo 38. Señalización.
- Artículo 39. Colaboración con Organismos de la Administración y organizaciones o colectivos, cuyo fin sea la defensa del medio ambiente.
- Artículo 40. Vigilancia e inspección en materia de vías pecuarias.
- Artículo 41. Tipificación de infracciones.
- Artículo 42. Decomisos.
- Artículo 43. Pérdida de beneficios.
- Artículo 44. Naturaleza de las infracciones.
- Artículo 45. Responsabilidad.
- Artículo 46. Sanciones.
- Artículo 47. Graduación de las sanciones.
- Artículo 48. Sanciones por infracciones concurrentes.
- Artículo 49. Medidas provisionales y cautelares.
- Artículo 50. Reparación de daños.
- Artículo 51. Multa coercitiva.
- Artículo 52. Iniciación.
- Artículo 53. Medidas provisionales.
- Artículo 54. Resolución.
- Artículo 55. Ejecutividad.
- Artículo 56. Competencia sancionadora.
- Artículo 57. Bonificación por pronto pago.
- Artículo 58. Prejudicialidad del orden penal.
- Artículo 59. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 60. Registro Regional de Infractores.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta. Fondo de mejoras de vías pecuarias.
- Disposición adicional quinta. Entidades Colaboradoras de la Administración regional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. |
| De conformidad con | Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2003?
- Ley 9/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2003?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.