Ley 9/1990, de 20 de junio, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de Urbanismo y Habitabilidad.
BOE-A-1990-19872 · Boletín Oficial del Estado, 1990-08-13 · Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Ley 9/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
La Ley 9/1990, de 20 de junio, regula la atribución de competencias en materia de urbanismo y habitabilidad a los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera. Esta norma es aplicable desde su entrada en vigor el 5 de noviembre de 1990.
Entre los puntos clave de esta ley se destacan: primero, se otorgan a los Consejos Insulares todas las competencias relacionadas con la legislación sobre el régimen del suelo y la ordenación urbana en sus respectivos territorios, así como la expedición de cédulas de habitabilidad. Segundo, se establece la colaboración entre los Consejos Insulares y el Gobierno de la Comunidad Autónoma para la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico, garantizando la coordinación necesaria. Además, se contempla la transferencia de personal y recursos necesarios para el ejercicio de estas competencias, así como la creación de comisiones paritarias para facilitar el traspaso de medios y documentación. Por último, se derogan disposiciones anteriores que limitaban la autonomía de los Consejos Insulares en estas materias.
Esta ley no está derogada y sigue vigente en su aplicación a los Consejos Insulares.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/1990
- Fecha de la disposición
- 1990-06-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 193, 1990-08-13
- Entrada en vigor
- 1990-07-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-1990-19872
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con la aprobación de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de Consejos Insulares, se completó el marco regulador de estos Entes, que a pesar de estar ya delimitados dentro de la organización institucional de la Comunidad Autónoma según dispone el propio Estatuto de Autonomía, requerían un tratamiento legal concreto en el que además de remarcar su papel como órganos de Administración Local, se definieran con precisión los diversos grados de atribución competencial, así como el régimen jurídico de las competencias asumidas, y ello en consonancia con las amplias previsiones al respecto contenidas en eI Estatuto de Autonomía. La determinación de aspectos importantes tales como el control y la coordinación de las competencias y el sistema de financiación de las mismas, son por otro lado objeto de dicha Ley.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/1990?
- Ley 9/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/1990?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/1990?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.