Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears.
BOE-A-2022-15290 · Boletín Oficial del Estado, 2022-09-20 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 6/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-08-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 226, 2022-09-20
- Entrada en vigor
- 2022-08-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 100
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-15290
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y principios de actuación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Censo de archivos y documentos de las Illes Balears.
- Artículo 5. Bienes integrantes del patrimonio documental.
- Artículo 6. Otros documentos.
- Artículo 7. Recuperación del patrimonio documental.
- Artículo 8. Deber de información y de colaboración.
- Artículo 9. Archivo de la Corona de Aragón.
- Artículo 10. Definición.
- Artículo 11. Requisitos de los documentos de titularidad pública.
- Artículo 12. Responsabilidades de los titulares de documentos públicos.
- Artículo 13. Traspaso de funciones entre administraciones y cargos públicos.
- Artículo 14. Privatización de entidades públicas.
- Artículo 15. Definición.
- Artículo 16. Responsabilidades de los titulares de documentos privados integrantes del patrimonio documental.
- Artículo 17. Digitalización.
- Artículo 18. Restauración de documentos.
- Artículo 19. Reproducciones.
- Artículo 20. Definición.
- Artículo 21. Directorio de Archivos de la comunidad.
- Artículo 22. Principios de actuación.
- Artículo 23. Tratamiento archivístico de la documentación.
- Artículo 24. Estructura.
- Artículo 25. La Junta Interinsular de Archivos.
- Artículo 26. La Comisión Técnica Interinsular de Archivos.
- Artículo 27. La Comisión Interinsular Calificadora de Documentos.
- Artículo 28. Las comisiones técnicas insulares de archivos.
- Artículo 29. Definición.
- Artículo 30. Estructura.
- Artículo 31. Archivo del Reino de Mallorca.
- Artículo 32. Archivo Histórico de Mahón.
- Artículo 33. Archivo del Gobierno de las Illes Balears.
- Artículo 34. Archivos que integran el subsistema.
- Artículo 35. Definición y funciones.
- Artículo 36. Definición.
- Artículo 37. Estructura.
- Artículo 38. Definición y funciones.
- Artículo 39. Administraciones municipales.
- Artículo 40. Archivos que integran el subsistema.
- Artículo 41. Subsistema Archivístico de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.
- Artículo 42. Subsistema Archivístico de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears.
- Artículo 43. Derecho de tanteo y de retracto.
- Artículo 44. Expropiación por interés social.
- Artículo 45. Finalidades de la gestión administrativa.
- Artículo 46. Funciones de la información administrativa.
- Artículo 47. Funciones de la gestión documental.
- Artículo 48. Aplicación de la gestión documental.
- Artículo 49. Expedientes electrónicos.
- Artículo 50. Formatos de los documentos electrónicos.
- Artículo 51. Metadatos de los documentos electrónicos.
- Artículo 52. Selección y preservación de documentos electrónicos.
- Artículo 53. Medidas de seguridad de los documentos electrónicos.
- Artículo 54. Copia electrónica de documentos en soporte papel.
- Artículo 55. Archivo electrónico único de cada una de las administraciones públicas y custodia de documentos electrónicos en el Sistema Archivístico de las Illes Balears.
- Artículo 56. Características y garantías esenciales de la gestión documental electrónica.
- Artículo 57. Funciones específicas de los sistemas de gestión documental en relación con los documentos electrónicos.
- Artículo 58. Ingreso de documentos.
- Artículo 59. Transferencia de documentos.
- Artículo 60. Salida de documentos.
- Artículo 61. Depósito de documentos.
- Artículo 62. Ingreso de documentos privados en archivos públicos.
- Artículo 63. Calificación de los documentos.
- Artículo 64. Valoración, selección y acceso a los documentos de titularidad pública.
- Artículo 65. Eliminación de los documentos.
- Artículo 66. Personal de los archivos que integran el Sistema Archivístico de las Illes Balears.
- Artículo 67. Infraestructuras de los archivos que integran el Sistema Archivístico de las Illes Balears.
- Artículo 68. Régimen general.
- Artículo 69. Derecho de acceso a los documentos.
- Artículo 70. Información relativa a los instrumentos archivísticos para el acceso a los documentos.
- Artículo 71. Acceso a los documentos.
- Artículo 72. Formalización del acceso.
- Artículo 73. Obligaciones relativas al acceso a los documentos.
- Artículo 74. Acceso a los documentos conservados en archivos públicos.
- Artículo 75. Acceso a los documentos conservados en archivos privados integrados en el Sistema Archivístico de las Illes Balears y a los inscritos en el Censo de archivos y docu…
- Artículo 76. Inspección y auditoría.
- Artículo 77. Actividad inspectora.
- Artículo 78. Infracciones.
- Artículo 79. Responsabilidad de las infracciones.
- Artículo 80. Clasificación y calificación de las infracciones.
- Artículo 81. Sanciones.
- Artículo 82. Sanciones accesorias.
- Artículo 83. Criterios de gradación.
- Artículo 84. Prescripción de las infracciones y sanciones.
- Artículo 85. Régimen jurídico.
- Artículo 86. Trascendencia penal de los hechos.
- Artículo 87. Órganos competentes.
- Disposición adicional primera. Creación de órganos y unidades administrativas.
- Disposición adicional segunda. Consejería competente.
- Disposición adicional tercera. Convenios del Parlamento de las Illes Balears con la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears y con el Síndico de Greuges de las Illes Balears.
- Disposición adicional cuarta. Historia clínica.
- Disposición adicional quinta. Memoria y reconocimiento democráticos.
- Disposición transitoria primera. Creación de los servicios de archivos y gestión documental.
- Disposición transitoria segunda. Confección del Censo de archivos y documentos de las Illes Balears.
- Disposición transitoria tercera. Creación de la Comisión Interinsular Calificadora de Documentos.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de evaluación.
- Disposición transitoria quinta. Procedimiento de acceso a los archivos.
- Disposición derogatoria única. Derogación de la Ley 15/2006, de 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears y otras normas.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2022?
- Ley 6/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.