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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Confección del Censo de archivos y documentos de las Illes Balears.

Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15290

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-10.

Texto consolidado

En un plazo máximo de tres años, los consejos insulares deben confeccionar el censo de archivos y documentos de su territorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-10.

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