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Ley Vigente

Artículo 85. Régimen jurídico.

Artículo 85 de la Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15290

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-10.

Texto consolidado

1. Las infracciones cometidas en materia de archivos y gestión documental deberán sancionarse previa tramitación del correspondiente procedimiento sancionador.

2. La potestad sancionadora respecto a las infracciones tipificadas en esta ley se regirá por lo establecido en este título y por la normativa de procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de las administraciones públicas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con la normativa estatal básica.

3. Sin embargo, las infracciones cometidas en esta materia por el personal dependiente de las administraciones públicas deberán ser sancionadas, según la calificación prevista en esta ley, con arreglo a los regímenes disciplinarios aplicables por las respectivas normativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-10.

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