Artículo 38. Definición y funciones.
Artículo 38 de la Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-10.
Texto consolidado
1. Los subsistemas archivísticos de las administraciones municipales de las Illes Balears son, en cada una de las islas, el conjunto de órganos, archivos y documentos que se vinculen a ellas, con el fin de dotar a la respectiva administración local de la infraestructura necesaria para garantizar la gestión y la conservación de su patrimonio documental.
2. La red de archivos municipales será coordinada por el servicio de archivos de cada consejo insular.