Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia.
BOE-A-1999-6940 · Boletín Oficial del Estado, 1999-03-25 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 5/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-12-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 72, 1999-03-25
- Entrada en vigor
- 1999-02-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 165
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-6940
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española, en el artículo 129.2, encomienda a los poderes públicos la promoción de las diversas formas de participación en la empresa y el fomento, mediante una legislación adecuada, de las sociedades cooperativas, y el Estatuto de Autonomía de Galicia reconoce en el artículo 55.3 la potestad de la Comunidad Autónoma para hacer uso de las facultades previstas en el apartado 1 del artículo 130 de la Constitución, atendiendo a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos, los cuales pueden dinamizarse mediante el fomento de las sociedades cooperativas, a través de su propia legislación.
La Comunidad Autónoma de Galicia asumió la competencia exclusiva en materia de cooperativas en virtud de la transferencia hecha por la Ley Orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, ampliando la recogida en el artículo 28.7 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Concepto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Denominación.
- Artículo 4. Domicilio social.
- Artículo 5. Capital social mínimo.
- Artículo 6. Responsabilidad.
- Artículo 7. Número mínimo de personas socias.
- Artículo 7 bis. Especialidades de las cooperativas de dos personas socias.
- Artículo 8. Operaciones con terceros.
- Artículo 9. Secciones.
- Artículo 10. Secciones de crédito.
- Artículo 11. Constitución.
- Artículo 12. De la Asamblea constituyente.
- Artículo 13. La sociedad cooperativa en constitución.
- Artículo 14. Contenido mínimo de los estatutos.
- Artículo 15. Calificación previa del proyecto de estatutos.
- Artículo 16. Escritura de constitución.
- Artículo 17. Inscripción de la sociedad cooperativa.
- Artículo 18. Personas que pueden ser socios.
- Artículo 19. Admisión en calidad de socio.
- Artículo 20. Baja de la persona socia.
- Artículo 21. Personas socias de trabajo.
- Artículo 22. Derechos de los socios.
- Artículo 23. Derecho de información.
- Artículo 24. Obligaciones de los socios.
- Artículo 25. Normas de disciplina social y procedimiento sancionador.
- Artículo 26. Expulsión.
- Artículo 27. Socios a prueba.
- Artículo 28. Socios excedentes.
- Artículo 29. Socios colaboradores.
- Artículo 30. De la Asamblea general: Concepto.
- Artículo 31. Competencia.
- Artículo 32. Clases de asambleas.
- Artículo 33. Convocatoria.
- Artículo 34. Forma de convocatoria.
- Artículo 35. Constitución y funcionamiento de la asamblea.
- Artículo 36. Derecho de voto.
- Artículo 37. Adopción de acuerdos.
- Artículo 38. Acta de la Asamblea general.
- Artículo 39. Asamblea general de delegados.
- Artículo 40. Impugnación de acuerdos de la Asamblea general.
- Artículo 41. Los administradores: Naturaleza y competencias.
- Artículo 42. Ejercicio de la representación.
- Artículo 43. Composición del consejo rector.
- Artículo 44. Elección.
- Artículo 45. Duración, cese y vacantes.
- Artículo 46. Funcionamiento del Consejo Rector.
- Artículo 47. Remuneración.
- Artículo 48. Incapacidades e incompatibilidades.
- Artículo 49. Conflicto de intereses.
- Artículo 50. Responsabilidad de los administradores.
- Artículo 51. Acciones de responsabilidad.
- Artículo 52. Impugnación de los acuerdos del Consejo Rector.
- Artículo 53. Del órgano de intervención: nombramiento y composición.
- Artículo 54. Funciones del órgano de intervención.
- Artículo 55. Auditoría externa.
- Artículo 56. Del comité de recursos: funciones y composición.
- Artículo 57. El Letrado asesor: Funciones.
- Artículo 58. Capital social.
- Artículo 59. Aportaciones obligatorias al Capital social.
- Artículo 60. Intereses de las aportaciones obligatorias.
- Artículo 61. Aportaciones voluntarias al capital social.
- Artículo 62. Regularización de balances y actualización de las aportaciones.
- Artículo 63. Transmisión de las aportaciones.
- Artículo 64. Reembolso de las aportaciones.
- Artículo 65. Financiaciones que no integran Capital social.
- Artículo 66. Determinación del resultado del ejercicio.
- Artículo 67. Distribución de los excedentes. El retorno cooperativo.
- Artículo 68. Fondos sociales obligatorios.
- Artículo 69. Imputación de pérdidas.
- Artículo 70. Derechos de los acreedores personales de los socios.
- Artículo 71. Ejercicio económico.
- Artículo 72. Documentación social.
- Artículo 73. Contabilidad.
- Artículo 74. Modificación de estatutos.
- Artículo 75. Modalidades y efectos de la fusión.
- Artículo 76. Proyecto de fusión.
- Artículo 77. Documentación complementaria de la convocatoria de la Asamblea.
- Artículo 78. Requisitos para el acuerdo de fusión.
- Artículo 79. Balance de fusión.
- Artículo 80. Derecho de separación del socio.
- Artículo 81. Derecho de oposición de los acreedores.
- Artículo 82. Escritura de fusión.
- Artículo 83. Escisión.
- Artículo 84. Transformación de cooperativas en otras sociedades.
- Artículo 85. Transformación de sociedades en cooperativas.
- Artículo 86. Causas de disolución.
- Artículo 87. Eficacia de las causas de disolución.
- Artículo 88. Reactivación de la sociedad.
- Artículo 89. Proceso de liquidación.
- Artículo 90. Transmisión de funciones.
- Artículo 91. Funciones del órgano de liquidación.
- Artículo 92. Intervención de la liquidación.
- Artículo 93. Adjudicación del haber social.
- Artículo 94. Balance final de la liquidación.
- Artículo 95. Escritura pública de extinción de la sociedad y cancelación registral.
- Artículo 96. Situaciones concursales.
- Artículo 97. Características y competencia.
- Artículo 98. Funciones del Registro de Cooperativas de Galicia.
- Artículo 99. Eficacia.
- Artículo 100. El encargado del Registro.
- Artículo 101. Inscripciones constitutivas.
- Artículo 102. Derecho supletorio y normas complementarias.
- Artículo 103. Clasificación y normas aplicables.
- Artículo 104. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 105. Régimen económico.
- Artículo 106. Seguridad Social.
- Artículo 107. Régimen de prestación de trabajo y sucesión de empresa.
- Artículo 108. Régimen disciplinario.
- Artículo 109. Cuestiones contenciosas.
- Artículo 110. Personal trabajador asalariado.
- Artículo 111. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 112. Sujetos, objeto, ámbito y régimen de las personas socias.
- Artículo 113. Del régimen económico.
- Artículo 114. Sujetos y objeto.
- Artículo 115. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 116. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 117. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 118. Sujetos, objeto y ámbito.
- Artículo 119. Del régimen económico.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/1998?
- Ley 5/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/1998?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.