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Ley Vigente

Artículo 4. Domicilio social.

Artículo 4 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia. · BOE-A-1999-6940

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-28.

Texto consolidado

La sociedad cooperativa tendrá su domicilio social dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el lugar donde realice principalmente sus actividades económicas y sociales cooperativizadas con sus socios o centralice su gestión administrativa y dirección empresarial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-02-28.

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