Artículo 32. Clases de asambleas.
Artículo 32 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia. · BOE-A-1999-6940
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-28.
Texto consolidado
1. Las asambleas generales pueden ser ordinarias o extraordinarias.
2. La Asamblea general ordinaria tiene por objeto principal examinar la gestión social, aprobar, si procede, el plan empresarial y las cuentas anuales y resolver sobre la distribución de los excedentes o la imputación de las pérdidas, pudiendo incluir en el orden del día de su convocatoria cualquier otro asunto propio de su competencia. Todas las demás Asambleas tienen el carácter de extraordinarias.