Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública.
BOE-A-2007-14801 · Boletín Oficial del Estado, 2007-08-03 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 3/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-10.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-07-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 185, 2007-08-03
- Entrada en vigor
- 2008-01-06
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-10
- Artículos
- 60
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-14801
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Definición de obra pública.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Agentes que participan en la obra pública.
- Artículo 6. Planificación de la Generalidad.
- Artículo 7. Programación anual de la Generalidad.
- Artículo 8. Planificación y programación de las entidades locales.
- Artículo 9. Régimen jurídico de aplicación a los estudios y proyectos.
- Artículo 10. Estudio informativo o anteproyecto: definición y contenido.
- Artículo 11. Estudio de impacto ambiental.
- Artículo 12. Tramitación en caso de obras de competencia de la Generalidad.
- Artículo 13. Tramitación de obras de competencia de las entidades locales.
- Artículo 14. Resolución.
- Artículo 15. Modificación de los estudios informativos o anteproyectos: causas y procedimiento.
- Artículo 16. Aprobación de las modificaciones.
- Artículo 17. Proyectos.
- Artículo 18. Documentación de los proyectos.
- Artículo 19. Tramitación de proyectos de obras de competencia de la Generalitat.
- Artículo 20. Tramitación de proyectos de obras de competencia de las entidades locales.
- Artículo 21. Trámite específico para determinadas obras públicas.
- Artículo 22. Resolución.
- Artículo 23. Modificación de los proyectos.
- Artículo 24. Supervisión.
- Artículo 25. Órganos de supervisión de proyectos.
- Artículo 26. Supervisión continua.
- Artículo 27. Auditoría técnica.
- Artículo 28. Adecuación al ordenamiento urbanístico.
- Artículo 29. Licencia o trámite de control preventivo municipal.
- Artículo 30. Régimen de contratación.
- Artículo 31. Órganos de contratación.
- Artículo 32. Mesa de contratación.
- Artículo 33. Requisitos de los contratistas.
- Artículo 34. Uniones temporales de empresas.
- Artículo 35. Subcontratación.
- Artículo 36. Registro de buenas prácticas en la ejecución de obras de Cataluña.
- Artículo 37. Selección de los contratistas y los procedimientos de adjudicación.
- Artículo 38. Valoración de las ofertas.
- Artículo 39. Publicidad y transparencia.
- Artículo 40. Información a los ciudadanos y usuarios.
- Artículo 41. Señalización.
- Artículo 42. Obligaciones de la empresa constructora.
- Artículo 43. Dirección de la obra.
- Artículo 44. Control y seguimiento de la ejecución de las obras.
- Artículo 45. Control y seguimiento de la ejecución de obras de túneles urbanos.
- Artículo 46. Evaluación y control de calidad.
- Artículo 47. Garantías y requisitos de seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 48. Ejecución de modificaciones o mejoras.
- Artículo 49. Memoria final sobre la ejecución y el precio de la obra.
- Artículo 50. Responsabilidad de los profesionales y las empresas.
- Artículo 51. Publicidad de la actividad contractual de los promotores y gestores.
- Artículo 52. El consejo asesor de túneles y otras obras singulares.
- Artículo 53. Arbitraje y otras formas de resolución convencional de incidencias.
- Disposición adicional primera. Cartografía.
- Disposición adicional segunda. Información sobre el suelo y el subsuelo.
- Disposición adicional tercera. Incorporación de la perspectiva de género.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera. Desarrollo.
- Disposición final segunda. Actualización.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2007?
- Ley 3/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-10.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2007?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.