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Ley Vigente

Artículo 9. Régimen jurídico de aplicación a los estudios y proyectos.

Artículo 9 de la Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública. · BOE-A-2007-14801

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

Texto consolidado

Para construir o modificar obras públicas deben redactarse los correspondientes estudios y proyectos en función de las características de las obras, de conformidad con lo establecido por la presente ley, por la legislación sectorial de aplicación y por la legislación sobre contratación pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

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