Artículo 29. Licencia o trámite de control preventivo municipal.
Artículo 29 de la Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública. · BOE-A-2007-14801
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-06.
Texto consolidado
Los proyectos de obras requieren la licencia o el control preventivo municipal que, de acuerdo con la legislación sectorial de aplicación, la sustituye en los casos establecidos por la legislación urbanística, salvo que dicho trámite sea dispensado por una legislación sectorial.