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Ley Vigente

Artículo 42. Obligaciones de la empresa constructora.

Artículo 42 de la Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública. · BOE-A-2007-14801

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

Texto consolidado

Si el promotor o el gestor contrata con una empresa constructora la ejecución de las obras, a dicha empresa le corresponden las obligaciones que puedan derivarse de la legislación sobre contratación pública y las establecidas por los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento equivalente, entre las que destacan las siguientes:

a) Ejecutar la obra de acuerdo con el proyecto aprobado y el contrato formalizado.

b) Cumplir los plazos totales y parciales fijados por el programa de trabajo.

c) Aportar los recursos humanos y materiales necesarios para la ejecución de la obra.

d) Cumplir las órdenes e instrucciones que, en la interpretación técnica del contrato, le sean dadas por el director o directora de la obra.

e) Facilitar al director o directora de la obra, al promotor, al gestor, si procede, y a quien estos encarguen el seguimiento y control de la misma, el acceso a toda la información, tanto documental como de campo, que le requieran en cualquier momento de la ejecución.

f) Conservar debidamente el libro de órdenes.

g) Llevar a cabo las actuaciones de señalización y comunicación de las obras, y asumir su coste, en los términos establecidos por los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento equivalente.

h) Cumplir la totalidad de las obligaciones derivadas de la legislación laboral o de los convenios colectivos y, especialmente, las relativas a las normas de prevención y seguridad y salud en el trabajo.

i) Nombrar al delegado o delegada de la obra, el cual debe estar debidamente calificado y poseer la titulación académica y profesional idónea. El nombramiento debe estar visado por el correspondiente colegio profesional, si así lo determina la legislación de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

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