Ley 3/2007, de 23 de marzo, de Mediación Familiar.
BOE-A-2007-13751 · Boletín Oficial del Estado, 2007-07-17 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 3/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-03-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 170, 2007-07-17
- Entrada en vigor
- 2007-10-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 38
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-13751
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Mediación Familiar.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Concepto de mediación familiar.
- Artículo 3. Ámbito material de la mediación familiar.
- Artículo 4. Voluntariedad.
- Artículo 5. Neutralidad.
- Artículo 6. Imparcialidad.
- Artículo 7. Confidencialidad.
- Artículo 8. Inmediación.
- Artículo 9. Buena fe.
- Artículo 10. Formas y condiciones de inicio de la mediación familiar.
- Artículo 11. Propuesta y designación del mediador familiar.
- Artículo 12. Reunión inicial informativa.
- Artículo 13. Duración de la mediación familiar.
- Artículo 14. Finalización de la mediación familiar.
- Artículo 15. Acta final de la mediación familiar.
- Artículo 16. Audiencia a terceros.
- Artículo 17. Acuerdos.
- Artículo 18. La condición del mediador familiar.
- Artículo 19. Entidades de mediación familiar.
- Artículo 20. Abstención y recusación del mediador familiar.
- Artículo 21. Derechos del mediador familiar.
- Artículo 22. Deberes del mediador familiar.
- Artículo 23. Centro de Mediación Familiar del Principado de Asturias.
- Artículo 24. Funciones del Centro de Mediación Familiar.
- Artículo 25. Registro de Mediadores Familiares.
- Artículo 26. Gratuidad de la mediación familiar.
- Artículo 27. Infracciones.
- Artículo 28. Infracciones muy graves.
- Artículo 29. Infracciones graves.
- Artículo 30. Infracciones leves.
- Artículo 31. Sanciones.
- Artículo 32. Graduación de las sanciones.
- Artículo 33. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 34. Potestad sancionadora.
- Disposición adicional. Mediación familiar en situaciones de violencia doméstica o de género.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final primera bis. Actualización de multas.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2007?
- Ley 3/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.