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Ley Vigente

Artículo 5. Neutralidad.

Artículo 5 de la Ley 3/2007, de 23 de marzo, de Mediación Familiar. · BOE-A-2007-13751

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-09.

Texto consolidado

La persona mediadora familiar actuará de forma neutral, respetando los puntos de vista y el resultado del proceso de mediación, sin imponer ninguna solución ni medida concreta. Velará, en todo caso, por mantener el equilibrio entre las partes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-10-09.

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