Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
BOE-A-2016-3191 · Boletín Oficial del Estado, 2016-04-04 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-02-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 81, 2016-04-04
- Entrada en vigor
- 2016-03-19
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 195
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-3191
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1
La Comunidad Autónoma de Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27.3 de su Estatuto de autonomía, aprobado mediante la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, ostenta la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Función pública e iniciativa privada.
- Artículo 3. Actividad urbanística.
- Artículo 4. Ámbito de la competencia urbanística.
- Artículo 5. Fines de la actividad urbanística.
- Artículo 6. Reglas de interpretación.
- Artículo 7. Administraciones competentes.
- Artículo 8. Competencias y órganos urbanísticos de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 9. Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Artículo 10. Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.
- Artículo 11. Jurado de Expropiación de Galicia.
- Artículo 12. Competencia de los municipios.
- Artículo 13. Régimen de la propiedad.
- Artículo 14. Subrogación real.
- Artículo 15. Clasificación del suelo.
- Artículo 16. Suelo urbano.
- Artículo 17. Categorías de suelo urbano.
- Artículo 18. Solares.
- Artículo 19. Derechos de los propietarios.
- Artículo 20. Deberes de los propietarios de suelo urbano consolidado.
- Artículo 21. Deberes de los propietarios de suelo urbano no consolidado.
- Artículo 22. Aprovechamiento urbanístico en el suelo urbano.
- Artículo 23. Suelo de núcleo rural.
- Artículo 24. Régimen y condiciones de edificación en el suelo de núcleo rural.
- Artículo 25. Usos del suelo de núcleo rural.
- Artículo 26. Actuaciones incompatibles.
- Artículo 27. Suelo urbanizable.
- Artículo 28. Régimen del suelo urbanizable.
- Artículo 29. Deberes de los propietarios de suelo urbanizable.
- Artículo 30. Aprovechamiento urbanístico en el suelo urbanizable.
- Artículo 31. Concepto y categorías.
- Artículo 32. Facultades y deberes de los propietarios en suelo rústico.
- Artículo 33. Suelo rústico de protección ordinaria.
- Artículo 34. Suelo rústico de especial protección.
- Artículo 35. Usos y actividades en suelo rústico.
- Artículo 36. Régimen de usos.
- Artículo 37. Limitaciones de apertura de caminos.
- Artículo 38. Procedimiento para el otorgamiento de la autorización autonómica en suelo rústico.
- Artículo 39. Condiciones generales de las edificaciones en el suelo rústico.
- Artículo 40. Edificaciones existentes de carácter tradicional.
- Artículo 41. Límites de sostenibilidad.
- Artículo 42. Calidad de vida y cohesión social.
- Artículo 43. Normas de calidad ambiental y paisajística.
- Artículo 44. División del suelo urbano y urbanizable.
- Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 46. Evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 47. Suspensión de licencias.
- Artículo 48. Normas técnicas de planeamiento.
- Artículo 49. Plan básico autonómico.
- Artículo 50. Procedimiento de aprobación del Plan básico autonómico.
- Artículo 51. Formulación y contenido.
- Artículo 52. Determinaciones de carácter general.
- Artículo 53. Determinaciones en suelo urbano consolidado.
- Artículo 54. Determinaciones en suelo urbano no consolidado.
- Artículo 55. Determinaciones en suelo de núcleo rural.
- Artículo 56. Determinaciones en suelo urbanizable.
- Artículo 57. Determinaciones en suelo rústico.
- Artículo 58. Documentación.
- Artículo 59. Estrategia de actuación y estudio económico.
- Artículo 60. Procedimiento para la aprobación del plan general de ordenación municipal.
- Artículo 61. Competencia para la aprobación definitiva.
- Artículo 62. Documentos refundidos de planeamiento.
- Artículo 63. Planes básicos municipales.
- Artículo 64. Procedimiento de aprobación de los planes básicos municipales.
- Artículo 65. Disposiciones comunes a los planes de desarrollo.
- Artículo 66. Planes de iniciativa particular.
- Artículo 67. Objeto.
- Artículo 68. Determinaciones.
- Artículo 69. Documentación.
- Artículo 70. Finalidades.
- Artículo 71. Planes especiales de protección.
- Artículo 72. Planes especiales de reforma interior.
- Artículo 73. Planes especiales de infraestructuras y dotaciones.
- Artículo 74. Formulación de los planes parciales y planes especiales.
- Artículo 75. Procedimiento de aprobación de los planes parciales y planes especiales.
- Artículo 76. Plazos para la aprobación de instrumentos de planeamiento de desarrollo de iniciativa particular.
- Artículo 77. Formulación, elaboración y procedimiento de aprobación.
- Artículo 78. Procedimiento de aprobación.
- Artículo 79. Estudios de detalle.
- Artículo 80. Formulación y aprobación de los estudios de detalle.
- Artículo 81. Catálogos.
- Artículo 82. Vigencia de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 83. Modificación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 83 bis. Rectificación de errores de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 84. Ejecutividad del planeamiento.
- Artículo 85. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 86. Iniciación de expropiaciones por ministerio de la ley.
- Artículo 87. Publicidad.
- Artículo 88. Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.
- Artículo 89. Usos y obras provisionales.
- Artículo 90. Edificios fuera de ordenación.
- Artículo 91. Adaptación al ambiente y protección del paisaje.
- Artículo 92. Protección de las vías de circulación.
- Artículo 93. Finalidad.
- Artículo 94. Competencias.
- Artículo 95. Presupuestos de la ejecución.
- Artículo 96. Ejecución y conservación de obras de urbanización.
- Artículo 97. Determinación.
- Artículo 98. Reglas para la delimitación.
- Artículo 99. Concepto y cálculo.
- Artículo 100. Polígonos.
- Artículo 101. Polígonos con exceso de aprovechamiento real.
- Artículo 102. Polígonos con aprovechamiento real inferior al susceptible de apropiación.
- Artículo 103. Actuaciones aisladas.
- Artículo 104. Objeto.
- Artículo 105. Contenido del instrumento de equidistribución.
- Artículo 106. Procedimiento de aprobación del instrumento de equidistribución.
- Artículo 107. Efectos de la aprobación del instrumento de equidistribución.
- Artículo 108. Derecho de realojo y retorno.
- Artículo 109. Extinción o transformación de derechos y cargas.
- Artículo 110. Objeto.
- Artículo 111. Clases de sistemas de actuación.
- Artículo 112. Elección del sistema de actuación.
- Artículo 113. Cumplimiento de las previsiones de gestión y urbanización establecidas.
- Artículo 114. Cargas de la urbanización.
- Artículo 115. Régimen de contratación de las obras de urbanización.
- Artículo 116. Determinaciones generales.
- Artículo 117. Determinaciones generales.
- Artículo 117 bis. Modalidades de ejecución de las actuaciones en el sistema de expropiación.
- Artículo 118. Tasación conjunta: tramitación, aprobación y efectos.
Normas que la modifican o afectan (15)
Normas a las que afecta (9)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2016?
- Ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2016?
- El BOE registra 15 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.