Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.
Artículo 45 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. · BOE-A-2016-3191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-19.
Texto consolidado
La ordenación urbanística se llevará a cabo a través del Plan básico autonómico, los planes básicos municipales y los planes generales de ordenación municipal, así como a través de sus instrumentos urbanísticos de desarrollo.