Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia.
BOE-A-2019-7839 · Boletín Oficial del Estado, 2019-05-27 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-04-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 126, 2019-05-27
- Entrada en vigor
- 2019-05-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 139
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-7839
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La rehabilitación edificatoria, la regeneración y la renovación urbanas son hoy conceptos fundamentales en el ámbito de la estructuración del territorio y del espacio urbano, basadas las mismas en el sostenimiento social, económico y ambiental.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios y criterios de la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas.
- Artículo 4. Personas obligadas y sus deberes.
- Artículo 5. Concepto de informe de evaluación de los edificios.
- Artículo 6. Contenido del informe de evaluación de los edificios.
- Artículo 7. Obligatoriedad del informe de evaluación de los edificios.
- Artículo 8. Vigencia y periodicidad del informe de evaluación de los edificios.
- Artículo 9. Capacitación para suscribir el informe de evaluación de los edificios.
- Artículo 10. Registro de Informes de Evaluación de Edificios.
- Artículo 11. La iniciativa en la ordenación de las actuaciones en el medio urbano.
- Artículo 12. Requisitos previos para la ordenación de las actuaciones en el medio urbano.
- Artículo 13. Efectos de la delimitación espacial de un ámbito de rehabilitación edificatoria o de regeneración o renovación urbanas.
- Artículo 14. Actuaciones de rehabilitación edificatoria en los caminos de Santiago.
- Artículo 15. Planificación de las actuaciones en el medio urbano.
- Artículo 16. Tramitación simplificada de las modificaciones de los instrumentos de planeamiento para actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación ur…
- Artículo 17. Tramitación ambiental.
- Artículo 18. Procedimiento de tramitación de las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento.
- Artículo 19. Las formas de gestión.
- Artículo 20. Normas específicas de gestión de la rehabilitación edificatoria en suelo urbano consolidado.
- Artículo 21. Normas específicas de gestión de la regeneración y renovación urbanas en suelo urbano consolidado.
- Artículo 22. Normas específicas de gestión de la regeneración y renovación urbanas en suelo urbano no consolidado.
- Artículo 23. Pago en especie de los justiprecios expropiatorios.
- Artículo 24. Obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación.
- Artículo 25. Reducción del contenido del derecho de la propiedad del suelo.
- Artículo 26. Procedimiento para la declaración de incumplimiento de las obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación.
- Artículo 27. Requisitos de la resolución de declaración de incumplimiento.
- Artículo 28. Medios de ejecución forzosa.
- Artículo 29. Órdenes de ejecución.
- Artículo 30. Incumplimiento de las órdenes de ejecución.
- Artículo 31. Apremio sobre el patrimonio.
- Artículo 32. Expropiación forzosa por incumplimiento de las obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación.
- Artículo 33. Expropiación en materia de accesibilidad.
- Artículo 34. Régimen de venta o sustitución forzosas.
- Artículo 35. Procedimiento de venta o sustitución forzosas.
- Artículo 36. Venta forzosa.
- Artículo 37. Obligaciones de la persona adquirente.
- Artículo 38. Sustitución forzosa.
- Artículo 39. Obligaciones de la persona adjudicataria de la sustitución forzosa.
- Artículo 40. Ámbitos afectados.
- Artículo 41. Edificios no catalogados o con nivel de protección ambiental o asimilable.
- Artículo 42. Edificios con nivel de protección estructural o nivel de protección asimilable.
- Artículo 43. Parcelario.
- Artículo 44. Licencias directas.
- Artículo 45. Modelo de plan especial de protección.
- Artículo 46. Concepto, declaración y contenido.
- Artículo 47. Clases de áreas de intervención en el medio urbano declaradas por la Administración autonómica.
- Artículo 48. Efectos de la declaración de un área de intervención en el medio urbano declarada por la Administración autonómica.
- Artículo 49. Áreas de rehabilitación integral.
- Artículo 50. Clases de áreas de rehabilitación integral.
- Artículo 51. Gestión de las áreas de rehabilitación integral.
- Artículo 52. Áreas de rehabilitación integral supramunicipal.
- Artículo 53. Gestión de las áreas de rehabilitación integral supramunicipales.
- Artículo 54. Delimitación de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 55. Declaración de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 56. Declaraciones de zona de especial necesidad de rehabilitación en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 57. Gestión anticipada en las zonas de especial necesidad de rehabilitación.
- Artículo 58. Concepto y objeto de los planes de dinamización de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 59. Contenido de los planes de dinamización.
- Artículo 60. Procedimiento de planteamiento y aprobación de los planes de dinamización.
- Artículo 61. Modificaciones y revisiones de los planes de dinamización.
- Artículo 62. Declaración de núcleo rural en estado de abandono.
- Artículo 63. Registro de Núcleos Rurales Abandonados.
- Artículo 64. Procedimiento de venta o alquiler.
- Artículo 65. Difusión a nivel autonómico.
- Artículo 66. Coordinación administrativa.
- Artículo 67. Concepto.
- Artículo 68. Funciones de las oficinas de rehabilitación.
- Artículo 69. Red de oficinas de rehabilitación.
- Artículo 70. Concepto.
- Artículo 71. Ámbito de actuación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 72. Procedimiento de creación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 73. Financiación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 74. Atribuciones de funciones a los centros de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 75. Funciones de los centros de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 76. Comisiones técnicas de seguimiento.
- Artículo 77. Funciones de las comisiones técnicas de seguimiento.
- Artículo 78. Programas de financiación.
- Artículo 79. Acuerdos para la financiación de las actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas.
- Artículo 80. Convenios para la implantación de programas específicos de financiación de las actuaciones.
- Artículo 81. Ayudas para la elaboración y tramitación del planeamiento urbanístico.
- Artículo 82. Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en municipios de menos de cincuenta m…
- Artículo 83. Disposición y funcionamiento del fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de los ayuntamientos en la rehabilitación y conservación del pa…
- Artículo 84. Actuaciones de protección en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 85. Medidas de financiación en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 86. Actuaciones directas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
- Artículo 87. Financiación de las actuaciones de iniciativa privada.
- Artículo 88. Ayudas para la adquisición y alquiler de viviendas en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 89. Medidas de fomento del realojo y retorno de las personas habitantes de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 90. Programas para implantar planes de promoción del envejecimiento activo y de la convivencia intergeneracional.
- Artículo 91. Ayudas para la rehabilitación de edificios destinados a equipamiento de carácter social, cultural o educativo.
- Artículo 92. Gestión de los locales del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en el ámbito.
- Artículo 93. Ayudas para la instalación de redes y servicios.
- Artículo 94. Ayudas para espacios públicos.
- Artículo 95. Ayudas para actuaciones arqueológicas.
- Artículo 96. Bonificaciones fiscales municipales y recaudación de multas coercitivas.
- Artículo 97. Fondo Rexurbe para el apoyo a la financiación de proyectos de intervención integral en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico.
- Artículo 98. Disposición y funcionamiento del fondo Rexurbe para el apoyo a la financiación de proyectos de intervención integral en las áreas de regeneración urbana de interés …
- Artículo 99. Creación, naturaleza y objeto del canon de inmuebles declarados en estado de abandono.
- Artículo 100. Finalidad del canon.
- Artículo 101. Ámbito de aplicación.
- Artículo 102. Afectación de la recaudación.
- Artículo 103. Normativa de aplicación.
- Artículo 104. Inmueble declarado en estado de abandono.
- Artículo 105. Censo de inmuebles declarados en estado de abandono.
- Artículo 106. Hecho imponible.
- Artículo 107. Sujetos pasivos.
- Artículo 108. Base imponible.
- Artículo 109. Tipo de gravamen y cuota tributaria.
- Artículo 110. Exención fiscal.
- Artículo 111. Periodo impositivo y devengo.
- Artículo 112. Normas de aplicación.
- Artículo 113. Gestión del canon.
- Artículo 114. Plazos, forma y lugar de presentación.
- Artículo 115. Utilización de tecnologías informáticas y electrónicas.
- Artículo 116. Liquidaciones provisionales.
- Artículo 117. Potestad sancionadora.
- Artículo 118. Revisión.
- Artículo 119. Órganos competentes.
- Artículo 120. Órganos de colaboración.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| Modifica | Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia. |
| Modifica | Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. |
| Modifica | Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2019?
- Ley 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2019?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.