Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia.
BOE-A-1996-768 · Boletín Oficial del Estado, 1996-01-12 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 10/1995 está derogada desde el 2021-02-14: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-11-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 11, 1996-01-12
- Entrada en vigor
- 1995-12-25
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-02-14
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-768
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 148.1.3 de la Constitución española y 27.3 del Estatuto de Autonomía de Galicia, corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma gallega la competencia en materia de «ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda».
II. La Carta europea de 1983 conceptúa la ordenación del territorio como «la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad» y establece los siguientes objetivos fundamentales de la política territorial:
a) El desarrollo socieconómico equilibrado de las regiones, con una clara tendencia a la eliminación de las grandes diferencias en el nivel de vida.
Índice del articulado
- Artículo 1. Finalidad de la Ley.
- Artículo 2. Contenido de la ordenación del territorio.
- Artículo 3. Objetivos fundamentales.
- Artículo 4. Instrumentos de ordenación del territorio.
- Artículo 5. Aplicación de la Ley.
- Artículo 5 bis. Suspensión motivada por la formulación de un instrumento de ordenación del territorio.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Contenido.
- Artículo 8. Documentación.
- Artículo 9. Eficacia.
- Artículo 10. Procedimiento.
- Artículo 11. Control.
- Artículo 12. Funcionalidad.
- Artículo 13. Contenido.
- Artículo 14. Eficacia.
- Artículo 15. Procedimiento.
- Artículo 15 bis. Procedimiento de aprobación de planes territoriales integrados de ámbito metropolitano.
- Artículo 16. Funciones.
- Artículo 17. Relación con los planes de desarrollo comarcal.
- Artículo 18. Documentación y determinaciones.
- Artículo 19. Carácter.
- Artículo 20. Eficacia.
- Artículo 21. Procedimiento.
- Artículo 22. Finalidad.
- Artículo 23. Documentación y determinaciones.
- Artículo 24. Eficacia.
- Artículo 25. Procedimiento.
- Artículo 25 bis. Procedimiento de aprobación de los planes y proyectos sectoriales metropolitanos.
- Artículo 26. Funciones.
- Artículo 27. Contenido.
- Artículo 28. Documentación.
- Artículo 29. Eficacia.
- Artículo 30. Procedimiento.
- Artículo 31. Instituto de Estudios del Territorio.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta. Bienes adquiridos mediante el ejercicio de la potestad expropiatoria para ser destinados al tráfico jurídico patrimonial.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local |
| Cita | Ley 4/1989, de 27 de marzo |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/1995?
- Ley 10/1995 está derogada desde el 2021-02-14: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 10/1995?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.