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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 4. Instrumentos de ordenación del territorio.

Artículo 4 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia. · BOE-A-1996-768

Atención: Ley 10/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La ordenación territorial de Galicia se realizará a través de los siguientes instrumentos:

Directrices de ordenación del territorio.

Planes territoriales integrados.

Programas coordinados de actuación.

Planes y proyectos sectoriales.

Planes de ordenación del medio físico.

Las disposiciones normativas de los instrumentos de ordenación del territorio se publicarán en el Diario Oficial de Galicia para su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-17.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 6/2007, de 11 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia..

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