El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia. · BOE-A-1996-768

Atención: Ley 10/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La sociedad pública estatal Suelo Empresarial del Atlántico, S.L., para llevar a cabo sus actuaciones y adquisiciones de suelo mediante expropiación, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tendrá la condición de beneficiaria en los términos previstos en la Ley de expropiación forzosa y de su reglamento, correspondiendo la potestad expropiatoria a cualquiera de las administraciones públicas competentes.

Asimismo, podrá adjudicársele directamente la formulación y ejecución de proyectos sectoriales, planes de sectorización, planes parciales y en general cualquier plan de ordenación y la gestión de sus patrimonios del suelo mediante los acuerdos o concesiones que a tal efecto se establezcan con las administraciones correspondientes.#dftercera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-03-19.

Más artículos de Ley 10/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 10/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.