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Ley Derogada

Artículo 17. Relación con los planes de desarrollo comarcal.

Artículo 17 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia. · BOE-A-1996-768

Atención: Ley 10/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando los programas coordinados de actuación tengan por objeto un ámbito comarcal específico, su regulación y ejecución se llevará a cabo a través de planes de desarrollo comarcal, que se regirán por su legislación específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-12-25.

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