Ley 2/2010, de 13 de mayo, de comercio de Castilla-La Mancha.
BOE-A-2010-11731 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-23 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 2/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-05-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 178, 2010-07-23
- Entrada en vigor
- 2010-05-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 82
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-11731
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 31.1.11.ª del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, tras la modificación operada por la Ley Orgánica 3/1997, atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma en materia de comercio, ferias y mercados interiores. Paralelamente, el artículo 32.6 del mencionado Estatuto, otorga a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de defensa del consumidor y usuario.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Actividad comercial minorista.
- Artículo 4. Actividad comercial mayorista.
- Artículo 5. Establecimientos comerciales.
- Artículo 6. Régimen administrativo de la actividad comercial.
- Artículo 7. Obligación de facilitar información.
- Artículo 8. Prohibición de limitar la adquisición de artículos.
- Artículo 9. Prohibiciones y restricciones al comercio.
- Artículo 10. Promoción y fomento de la actividad comercial.
- Artículo 11. Grandes establecimientos comerciales.
- Artículo 12. Concepto de superficie útil para la exposición y venta al público.
- Artículo 13. Cambio de titularidad.
- Artículo 14. Actos sujetos a informe comercial y criterios a valorar.
- Artículo 15. Procedimiento.
- Artículo 16. Vigencia del informe comercial.
- Artículo 17. Horario global.
- Artículo 18. Régimen de domingos y días festivos.
- Artículo 19. Establecimientos con libertad horaria.
- Artículo 20. Tiendas de conveniencia.
- Artículo 21. Declaración de zonas de gran afluencia turística.
- Artículo 22. Limitación de venta de bebidas alcohólicas.
- Artículo 23. Actividades de promoción de ventas.
- Artículo 24. Pertenencia previa al inventario.
- Artículo 25. Medios de pago.
- Artículo 26. Concurrencia de promociones.
- Artículo 27. Requisitos generales.
- Artículo 28. Artículos promocionados.
- Artículo 29. Constancia del doble precio.
- Artículo 30. Prohibición de ventas en pirámide.
- Artículo 31. Concepto.
- Artículo 32. Requisitos.
- Artículo 33. Temporada de rebajas.
- Artículo 34. Venta de saldos.
- Artículo 35. Información.
- Artículo 36. Venta en liquidación.
- Artículo 37. Duración.
- Artículo 38. Información.
- Artículo 39. Ventas con precio reducido.
- Artículo 40. Plazo de entrega de los obsequios.
- Artículo 41. Prohibiciones y limitaciones.
- Artículo 42. Modalidades.
- Artículo 43. Concepto.
- Artículo 44. Garantías.
- Artículo 45. Concepto.
- Artículo 46. Requisitos de las máquinas expendedoras.
- Artículo 47. Concepto.
- Artículo 48. Requisitos.
- Artículo 49. Publicidad.
- Artículo 50. Concepto.
- Artículo 51. Requisitos.
- Artículo 52. Concepto, modalidades y régimen jurídico.
- Artículo 53. Régimen administrativo.
- Artículo 54. Ordenanzas municipales.
- Artículo 55. Ejercicio de la actividad comercial.
- Artículo 56. Regulación del régimen de franquicia.
- Artículo 57. Competencias.
- Artículo 58. Inicio del procedimiento sancionador.
- Artículo 59. Órganos competentes para resolver.
- Artículo 60. Responsables.
- Artículo 61. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 62. Infracciones y sanciones en materia de consumo y defensa de la competencia.
- Artículo 63. Infracciones.
- Artículo 64. Infracciones leves.
- Artículo 65. Infracciones graves.
- Artículo 66. Infracciones muy graves.
- Artículo 67. Reincidencia.
- Artículo 68. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 69. Sanciones.
- Artículo 70. Graduación de las sanciones.
- Artículo 71. Sanciones accesorias.
- Artículo 72. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 73. Restablecimiento de la legalidad.
- Artículo 74. Inspección.
- Disposición adicional primera. Normas de accesibilidad.
- Disposición adicional segunda. Composición de la Comisión de grandes establecimientos comerciales.
- Disposición transitoria primera. Autorización de grandes establecimientos comerciales.
- Disposición transitoria segunda. Autorizaciones de establecimientos comerciales que tengan una superficie útil para exposición y venta al público inferior a los 2.500 metros cua…
- Disposición transitoria tercera. Función inspectora.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Ordenanzas de venta ambulante.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 2006/123/CEE, de 12 de diciembre |
| De conformidad con | Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. |
| Deroga | Ley 7/1998, de 15 de octubre |
| Deroga | Ley 10/2005, de 15 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2010?
- Ley 2/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2010?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.