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Ley Vigente

Disposición final primera. Ordenanzas de venta ambulante.

Disposición final primera de la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de comercio de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-11731

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

Texto consolidado

Los ayuntamientos de Castilla-La Mancha deberán adaptar sus ordenanzas de venta ambulante a lo dispuesto en esta Ley en el período de tres meses a contar desde su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

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