Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
BOE-A-2011-18151 · Boletín Oficial del Estado, 2011-11-19 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 2/2004 está derogada desde el 2024-01-05: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-02-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 279, 2011-11-19
- Entrada en vigor
- 2004-03-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2024-01-05
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-18151
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los avances de la técnica se han acelerado en los últimos tiempos. Actualmente, el uso de la informática permite tratar gran cantidad de datos relativos a las personas físicas, pudiendo llegar a conocer aspectos relacionados con las mismas que suponen una intromisión en su intimidad. Los ordenamientos jurídicos no pueden permanecer insensibles ante la eventualidad de usos perversos de las posibilidades tecnológicas, en detrimento de espacios que deben quedar reservados a la intimidad personal.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Creación, modificación y supresión de ficheros.
- Artículo 5. Recogida de datos de carácter personal.
- Artículo 6. Información a los interesados.
- Artículo 7. Aprobación del contenido mínimo del documento de seguridad.
- Artículo 8. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de los interesados.
- Artículo 9. Reclamaciones ante la Agencia Vasca de Protección de Datos.
- Artículo 10. Creación y régimen jurídico.
- Artículo 11. Personal.
- Artículo 12. Recursos.
- Artículo 13. Presupuesto.
- Artículo 14. Órganos de gobierno.
- Artículo 15. El director.
- Artículo 16. El Consejo Consultivo.
- Artículo 17. Funciones.
- Artículo 18. Registro de Protección de Datos.
- Artículo 19. Potestad de inspección.
- Artículo 20. Requerimientos a los titulares de los ficheros.
- Artículo 21. Responsables.
- Artículo 22. Tipos de infracciones.
- Artículo 23. Tipos de sanciones.
- Artículo 24. Infracciones cometidas por las administraciones públicas, instituciones y corporaciones de Derecho público.
- Artículo 25. Inmovilización de ficheros.
- Disposición adicional primera. Comunicación de ficheros a la Agencia Vasca de Protección de Datos.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de datos del padrón.
- Disposición adicional tercera. Competencias del Ararteko y de la Agencia de Protección de Datos del Estado.
- Disposición final. Desarrollo y aplicación.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 16/2023, de 21 de diciembre, de la Autoridad Vasca de Protección de Datos. |
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2004?
- Ley 2/2004 está derogada desde el 2024-01-05: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2004?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.