Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.
BOE-A-1997-13739 · Boletín Oficial del Estado, 1997-06-24 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 939/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 939/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-06-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 150, 1997-06-24
- Entrada en vigor
- 1997-06-25
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 36
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-13739
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las medidas puestas en marcha en los últimos años en el sector agrario en materia de empleo, así como los recursos aplicados para reducir los desequilibrios regionales de las zonas rurales deprimidas han tenido indudables efectos positivos. Sin embargo, estas medidas no han sido suficientes para eliminar los desajustes comparativos de esas regiones, uno de cuyos máximos exponentes es el elevado desempleo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 2. Objeto.
- Artículo 3. Acciones de fomento por el Instituto Nacional de Empleo.
- Artículo 4. Créditos para subvencionar la contratación de trabajadores desempleados en proyectos de interés general y social.
- Artículo 5. Subvenciones a conceder por el Instituto Nacional de Empleo a las Corporaciones locales.
- Artículo 6. Subvenciones a las Corporaciones locales por la contratación de determinados trabajadores para la ejecución de proyectos de interés general y social y de garantía de…
- Artículo 7. Subvenciones a las Corporaciones locales para proyectos de interés general y social generadores de empleo estable.
- Artículo 8. Subvenciones a otras Administraciones públicas.
- Artículo 9. Selección de trabajadores.
- Artículo 10. Responsabilidades familiares.
- Artículo 11. Contratación de trabajadores.
- Artículo 12. Modalidades de contratos.
- Artículo 13. Duración de los contratos.
- Artículo 14. Retribución de trabajadores.
- Artículo 15. Créditos para subvencionar planes de servicios integrados para el empleo.
- Artículo 16. Créditos para subvencionar medidas de fomento del empleo.
- Artículo 17. Créditos para subvencionar acciones de formación profesional ocupacional.
- Artículo 18. Créditos para subvencionar proyectos de Casas de Oficios.
- Artículo 19. Créditos de organismos inversores de la Administración General del Estado afectos a determinados proyectos.
- Artículo 20. Créditos de las Comunidades Autónomas afectos a determinados proyectos.
- Artículo 21. Créditos de las Corporaciones locales afectos a determinados proyectos.
- Artículo 22. Selección y contratación de trabajadores.
- Artículo 23. Comisiones Regionales de Seguimiento.
- Artículo 24. Las Comisiones Provinciales de Seguimiento.
- Artículo 25. Los Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo.
- Disposición adicional primera. Adaptación de los Consejos Comarcales existentes al presente Real Decreto.
- Disposición adicional segunda. Comisiones Regionales y Provinciales de Seguimiento de los planes de empleo en zonas rurales deprimidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de C…
- Disposición adicional tercera. Publicidad de la afectación de proyectos al programa de fomento del empleo agrario.
- Disposición adicional cuarta. Remisión al Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de trabajadores eventuales incluidos en el…
- Disposición adicional quinta. Orden ministerial de 2 de marzo de 1994 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, e…
- Disposición adicional sexta. Reforma y rehabilitación de las casas-cuartel de la Guardia Civil.
- Disposición transitoria única. Obras en ejecución.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Derecho supletorio.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (9)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 939/1997?
- Real Decreto 939/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 939/1997?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 939/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.