Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.
BOE-A-2005-4573 · Boletín Oficial del Estado, 2005-03-19 · Ministerio del Interior
Real Decreto 307/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 307/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-03-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 67, 2005-03-19
- Entrada en vigor
- 2005-03-20
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-19
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-4573
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española recoge, en su artículo 149.1.29.ª, la seguridad pública como competencia exclusiva del Estado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Naturaleza.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Financiación.
- Artículo 5. Beneficiarios.
- Artículo 6. Colaboración con otras Administraciones públicas.
- Artículo 7. Plazo y presentación de las solicitudes.
- Artículo 8. Inicio del procedimiento.
- Artículo 9. Instrucción.
- Artículo 10. Criterios de evaluación.
- Artículo 11. Resolución.
- Artículo 12. Modificación de la resolución.
- Artículo 13. Reintegro de la subvención.
- Artículo 14. Justificación de la ayuda.
- Artículo 15. Daños en viviendas y enseres.
- Artículo 16. Beneficiarios.
- Artículo 17. Cuantía de las ayudas.
- Artículo 18. Modalidades.
- Artículo 19. Beneficiarios.
- Artículo 20. Concurrencia de beneficiarios.
- Artículo 21. Modalidades.
- Artículo 22. Requisitos.
- Artículo 23. Cuantías.
- Artículo 24. Modalidades.
- Artículo 25. Requisitos.
- Artículo 26. Cuantías.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 27. Beneficiarios y requisitos.
- Artículo 28. Cuantía de las ayudas.
- Disposición adicional única. Delegación de competencias.
- Disposición transitoria primera. Tramitación de procedimientos anteriores.
- Disposición transitoria segunda. Documentación complementaria.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de las ayudas previstas en la Orden INT/439/2005, de 14 de febrero.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario y habilitación de desarrollo.
- Disposición final segunda. Revisión de cuantías.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Orden INT/439/2005, de 14 de febrero |
| En relación con | el Real Decreto 692/1981, de 27 de marzo |
| De conformidad con | Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil. |
| De conformidad con | Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
| Deroga | , en la forma indicada la Orden de 18 de marzo de 1993 |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 307/2005?
- Real Decreto 307/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 307/2005?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 307/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.