Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Disposición adicional única del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión. · BOE-A-2005-4573
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-20.
Texto consolidado
Ante situaciones de emergencia, catástrofes o calamidades públicas de especial gravedad o elevado número de solicitudes, el Ministro del Interior, atendiendo a su propio criterio, podrá delegar las facultades que le confiere este real decreto en los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla afectadas.
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