Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
BOE-A-2008-3176 · Boletín Oficial del Estado, 2008-02-21 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 183/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 183/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-02-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 45, 2008-02-21
- Entrada en vigor
- 2008-02-22
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 51
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-3176
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, ha incorporado, fundamentalmente a través del capítulo III de su título II, importantes modificaciones en el panorama de la formación especializada en ciencias de la salud que necesariamente han conducido a un replanteamiento global y progresivo de las disposiciones que hasta su aprobación han venido regulando la materia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Especialidades en ciencias de la salud.
- Artículo 3. Obtención, expedición y características propias de los títulos de especialista en Ciencias de la Salud.
- Artículo 4. Concepto.
- Artículo 5. Acreditación de unidades docentes.
- Artículo 6. Solicitud de acreditación de unidades docentes.
- Artículo 7. Unidades docentes multiprofesionales.
- Artículo 8. Concepto.
- Artículo 9. Ámbito de actuación.
- Artículo 10. Composición, funciones y presidencia de las comisiones de docencia.
- Artículo 11. El tutor. Concepto, funciones y nombramiento.
- Artículo 12. Evaluación, incentivación y mejora de competencias del tutor.
- Artículo 13. Otras figuras docentes.
- Artículo 14. El deber general de supervisión.
- Artículo 15. La responsabilidad progresiva del residente.
- Artículo 16. Tipos de evaluación.
- Artículo 17. La evaluación formativa.
- Artículo 18. El libro del residente. Concepto, características y diseño.
- Artículo 19. Comités de evaluación. Composición.
- Artículo 20. La evaluación anual.
- Artículo 21. Rotaciones externas, su autorización y evaluación.
- Artículo 22. Supuestos de evaluaciones anuales negativas.
- Artículo 23. Publicación de las evaluaciones anuales y sus efectos.
- Artículo 24. Procedimiento para la revisión de las evaluaciones anuales negativas no recuperables.
- Artículo 25. La evaluación final del periodo de residencia.
- Artículo 26. La revisión de las evaluaciones finales.
- Artículo 27. Efectos de la evaluación final.
- Artículo 28. Documentación relativa a las evaluaciones.
- Artículo 29. Evaluación y control de calidad de la estructura docente.
- Artículo 30. Estancias formativas en centros y unidades docentes para profesionales sanitarios que ejerzan fuera de España.
- Artículo 31. Cambios excepcionales de especialidad.
- Disposición adicional primera. Supuestos especiales para el nombramiento de determinados tutores.
- Disposición adicional segunda. Proceso de adaptación de determinadas unidades docentes ya constituidas.
- Disposición adicional tercera. Previsiones relativas a los especialistas en Radiofísica Hospitalaria.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería.
- Disposición adicional quinta. Aplicación de este real decreto a los centros y unidades docentes acreditados para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, perteneci…
- Disposición adicional sexta. Adaptación de este real decreto a la situación específica de las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Disposición adicional séptima. Equivalencia entre evaluación formativa y continuada.
- Disposición adicional octava. Equivalencias entre títulos de médico especialista.
- Disposición transitoria primera. Plazos de adaptación normativa.
- Disposición transitoria segunda. Convocatoria de plazas en régimen de alumnado.
- Disposición transitoria tercera. Reconocimiento de títulos de especialista obtenidos en otros países.
- Disposición transitoria cuarta. Reconocimiento de períodos formativos.
- Disposición transitoria quinta. Normativa aplicable a las pruebas de acceso.
- Disposición derogatoria primera. Derogación normativa.
- Disposición derogatoria segunda. Extinción de determinadas especialidades en régimen de alumnado.
- Disposición final primera. Nueva redacción del artículo 5.1.b) del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para …
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Supervisión de la calidad de la formación especializada en Ciencias de la Salud.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (14)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 183/2008?
- Real Decreto 183/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 183/2008?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 183/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.