Real Decreto 2490/1998, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica.
BOE-A-1998-27709 · Boletín Oficial del Estado, 1998-12-02 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 2490/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2490/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-11-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 288, 1998-12-02
- Entrada en vigor
- 1998-12-02
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-27709
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los Reales Decretos 127/1984, de 11 de enero, y 2708/1982, de 15 de octubre, que regulan la obtención de los títulos de Médico y Farmacéutico Especialista, respectivamente, consagraron un sistema de formación de especialistas sanitarios que asegura el alto nivel profesional de quienes desarrollan su actividad en el ámbito de la atención sanitaria y, con ello, un elevado índice de calidad de los centros, servicios y profesionales a los que corresponde hacer efectivo el derecho a la protección de la salud que proclama el artículo 43 de la Constitución.
Índice del articulado
- Artículo 1. Normas generales.
- Artículos 1 a 5.
- Artículo 2. Ficheros automatizados.
- Artículo 3. Comisión Nacional de la Especialidad.
- Artículo 4. Composición de la Comisión.
- Artículo 5. Funciones de la Comisión.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera. Efectos de la creación del título de Psicólogo Especialista en relación con otros profesionales.
- Disposición transitoria primera. Convocatorias de plazas formativas anteriores al presente Real Decreto.
- Disposición transitoria segunda. Vías transitorias de obtención del título por personal vinculado a instituciones sanitarias.
- Disposición transitoria tercera. Vías transitorias de obtención del título por quienes están colegiados para el ejercicio profesional.
- Disposición transitoria cuarta. Personal docente.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición final primera. Supervisión de la calidad de la formación postgraduada.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Disposición final primera a tercera.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (15)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2490/1998?
- Real Decreto 2490/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2490/1998?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2490/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.