Real Decreto 1647/1997, de 31 de octubre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 24/1997, de 15 de julio, de consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social.
BOE-A-1997-24163 · Boletín Oficial del Estado, 1997-11-13 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 1647/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1647/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-10-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 272, 1997-11-13
- Entrada en vigor
- 1997-11-14
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-24163
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social, mediante la reforma del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, plasma una serie de medidas concretas que afectan, por una parte, a los aspectos financieros del sistema -separación de fuentes de financiación, constitución de reservas, establecimiento gradual de un tope único de cotización- y, por otra, a la acción protectora, en especial, a las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Período mínimo de cotización.
- Artículo 3. Requisitos para causar la pensión sin alta.
- Artículo 4. Determinación de la base reguladora de la pensión de jubilación.
- Artículo 5. Cuantía de la pensión.
- Artículo 6. Beneficiarios mayores de sesenta y cinco años.
- Artículo 7. Nueva denominación de las pensiones de incapacidad permanente, en determinados supuestos.
- Artículo 8. Cuantías mínimas de las pensiones de viudedad.
- Artículo 9. Beneficiarios de la pensión de orfandad.
- Artículo 10. Compatibilidad y opción.
- Artículo 11. Abono de la pensión de orfandad.
- Disposición adicional única. Extinción de la pensión de orfandad.
- Disposición transitoria primera. Periodo mínimo de cotización y base reguladora de las pensiones de jubilación.
- Disposición transitoria segunda. Cuantía de la pensión en determinados supuestos de jubilación anticipada.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación de legislación anterior para causar derecho a pensión de jubilación.
- Disposición transitoria cuarta. Prestaciones de muerte y supervivencia.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo y aplicación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (12)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1647/1997?
- Real Decreto 1647/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1647/1997?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1647/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.