Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.
BOE-A-2022-2465 · Boletín Oficial del Estado, 2022-02-16 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 128/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 128/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-02-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 40, 2022-02-16
- Entrada en vigor
- 2022-02-17
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-2465
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El objetivo de desarrollo sostenible n.º 14 de las Naciones Unidas llama la atención sobre la amenaza que constituyen la contaminación marina, incluyendo las basuras marinas y la contaminación por nutrientes, el agotamiento de los recursos y el cambio climático, fenómenos todos debidos principalmente a la acción humana.
La reducción de la contaminación de los mares y costas es uno de los objetivos fundamentales a nivel global y, en especial, en un país como España, con una costa extensa, una participación relevante de los sectores turístico y pesquero en la economía nacional y un alto grado de conciencia ecológica.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Disponibilidad de instalaciones portuarias receptoras.
- Artículo 5. Capacidad de las instalaciones portuarias receptoras.
- Artículo 6. Gestión de las instalaciones portuarias receptoras.
- Artículo 7. Certificado de aptitud de medios flotantes.
- Artículo 8. Clasificación de las instalaciones portuarias receptoras.
- Artículo 9. Registro de servicios de recepción de desechos de buques.
- Artículo 10. Notificación e investigación de supuestas deficiencias de las instalaciones portuarias receptoras.
- Artículo 11. Planes de recepción y manipulación de desechos de buques.
- Artículo 12. Guías de Usuario.
- Artículo 13. Planes conjuntos de recepción y manipulación de desechos de buques.
- Artículo 14. Exención del Plan de recepción y manipulación de desechos de buques.
- Artículo 15. Formación del personal.
- Artículo 16. Notificación previa de desechos de buques.
- Artículo 17. Entrega de los desechos de buques.
- Artículo 18. Sistemas de recuperación de costes.
- Artículo 19. Información sobre las tarifas.
- Artículo 20. Seguimiento sobre los desechos pescados de manera no intencionada.
- Artículo 21. Exenciones de notificación y entrega de desechos de buque.
- Artículo 22. Inspecciones de buques.
- Artículo 23. Inmovilización de buques.
- Artículo 24. Supervisión de cumplimiento.
- Artículo 25. Registro de inspecciones.
- Artículo 26. Régimen sancionador.
- Artículo 27. Sistema de notificaciones.
- Disposición adicional primera. Descarga de desechos realizada por los buques exceptuados del ámbito de aplicación de este real decreto.
- Disposición adicional segunda. Notificación previa de buques pesqueros de eslora comprendida entre 24 y 45 metros.
- Disposición transitoria única. Actualización de las instalaciones existentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los p…
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Incorporación del Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Actualización de tarifas.
- Disposición final quinta. Habilitación normativa.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | , en BOE núm. 42 de 18 de febrero |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 128/2022?
- Real Decreto 128/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 128/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 128/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.