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Real Decreto Vigente

Artículo 24. Supervisión de cumplimiento.

Artículo 24 del Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques. · BOE-A-2022-2465

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-17.

Texto consolidado

Las administraciones públicas que ejerzan las competencias de control de los puertos serán las encargadas de la supervisión del cumplimiento de las normas contenidas en este real decreto y de la aplicación, en su caso, de las medidas correctoras correspondientes, de acuerdo con las competencias que tengan atribuidas por la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-02-17.

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