Real Decreto 1257/1999, de 16 de julio, sobre regulación de permisos de conducción de vehículos de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
BOE-A-1999-16376 · Boletín Oficial del Estado, 1999-07-28 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1257/1999 está derogada desde el 2015-02-01: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1257/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-07-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 179, 1999-07-28
- Entrada en vigor
- 1999-07-29
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2015-02-01
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-16376
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Mediante el Real Decreto 971/1987, de 24 de julio, se vino a regular el régimen de permisos de conducción de vehículos de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, recogiéndose las peculiaridades que la circulación y conducción de vehículos presentaban en el ámbito de las mismas.
La posterior publicación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, supuso la introducción de una nueva regulación que, en materia de autorizaciones administrativas para conducir, canje de permisos y registro de conductores e infractores, ha sido desarrollada mediante el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
Índice del articulado
- Artículo 1. Disposiciones generales.
- Artículo 2. Del permiso de conducción.
- Artículo 3. Modelo de permiso de conducción.
- Artículo 4. Requisitos de obtención.
- Artículo 5. Períodos de vigencia de los permisos.
- Artículo 6. Canje del permiso civil por el militar.
- Artículo 7. Facultad de expedición.
- Artículo 8. Expedición de duplicados.
- Artículo 9. Formación impartida, pruebas realizadas y vehículos utilizados en estas.
- Artículo 10. Canje del permiso militar por el correspondiente civil.
- Artículo 11. Registro de permisos.
- Artículo 12. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Informes de aptitud psicofísica.
- Disposición transitoria primera. Equivalencias de permisos.
- Disposición transitoria segunda. Escuelas y organismos facultados para la expedición de permisos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1257/1999?
- Real Decreto 1257/1999 está derogada desde el 2015-02-01: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1257/1999?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1257/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.