Orden de 20 de julio de 1987 por la que se desarrolla el Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, que procede a la integración de diversos Regímenes Especiales en materia de campo de aplicación, inscripción de Empresas, afiliación, altas y bajas, cotización y recaudación.
BOE-A-1987-17806 · Boletín Oficial del Estado, 1987-07-31 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
BOE-A-1987-17806 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
Esta norma regula la integración de diversos Regímenes Especiales en el ámbito de la Seguridad Social, específicamente en lo que respecta a la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas, cotización y recaudación. Aplica a las empresas y trabajadores que pertenecen a los grupos profesionales anteriormente incluidos en los Regímenes Especiales de Trabajadores Ferroviarios, Jugadores Profesionales de Fútbol, Representantes de Comercio, Artistas y Toreros, así como a los escritores de libros, desde el 1 de enero de 1987.
Entre los puntos clave, establece que los trabajadores de los grupos mencionados deben inscribirse en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, según corresponda. También se exige a los empresarios que soliciten la inscripción en el régimen correspondiente antes de iniciar su actividad y que gestionen las altas y bajas de sus trabajadores ante la Tesorería de la Seguridad Social. Además, se regula la cotización de estos trabajadores y se establece que las empresas no pueden deducir las prestaciones abonadas a sus trabajadores en el sistema de pago delegado. Esta orden no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1987-07-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 182, 1987-07-31
- Entrada en vigor
- 1987-08-01
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-1987-17806
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, lleva a cabo la integración de determinados Regímenes Especiales del sistema de la Seguridad Social.
La aplicación practica de las previsiones del mencionado Real Decreto hace necesaria la promulgación de la presente Orden, en desarrollo de las materias de campo de aplicación, inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas, cotización y recaudación, en uso de la autorización concedida al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por la disposición final segunda, número 1, del Real Decreto citado.
En su virtud, dispongo:
Índice del articulado
- Artículo 1. Campo de aplicación.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Inscripción de Empresas con representantes de comercio.
- Artículo 4. Afiliación, altas, bajas y demás variaciones de los representantes de comercio.
- Artículo 5. Cotización de los representantes de comercio y recaudación de sus cuotas.
- Artículo 6. Reintegros.
- Artículo 7. Inscripción de Empresas con trabajadores artistas en espectáculos publicos.
- Artículo 8. Afiliación, altas, bajas y demás variaciones de los artistas.
- Artículo 9. Cotización por los artistas y regularización de la misma.
- Artículo 10. Consideración de días cotizados y en alta de los artistas.
- Artículo 11. Inscripción de Empresas, afiliación, altas/bajas y variaciones de profesionales taurinos.
- Artículo 12. Cotización respecto de los profesionales taurinos.
- Artículo 13. Cotización en situación de incapacidad laboral transitoria.
- Artículo 14. Pago directo de determinadas prestaciones.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Dsposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria. |
| Se dicta de conformidad | , aprobando los modelos Tc-4/5 y Tc-4/6: Resolución de 16 de diciembre de 1987 |
| Se deroga | los arts. 3 a 6, por Real Decreto 708/2015, de 24 de julio |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1987-17806?
- BOE-A-1987-17806 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1987-17806?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1987-17806?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.