Ley 8/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de régimen local.
BOE-A-1994-5709 · Boletín Oficial del Estado, 1994-03-10 · Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Ley 8/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
La Ley 8/1993, de 1 de diciembre, regula la atribución de competencias a los consejos insulares de Mallorca, Menorca, e Ibiza y Formentera en materia de régimen local. Esta norma es aplicable desde el 1 de enero de 1994 y establece un marco claro para la gestión local en las Islas Baleares.
Los puntos clave de esta ley incluyen la transferencia de competencias ejecutivas y de gestión relacionadas con la demarcación territorial, la constitución y modificación de entidades locales, y la gestión de servicios locales. Además, se otorgan a los consejos insulares facultades para resolver cuestiones de competencia entre entidades locales y para aprobar cambios en la denominación de municipios. La ley también establece que los consejos insulares se subrogan en los derechos y obligaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma en relación con las competencias atribuidas. Por último, se derogan disposiciones anteriores que contradigan esta ley, incluyendo un decreto de 1982 sobre delegación de competencias.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/1993
- Fecha de la disposición
- 1993-12-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 59, 1994-03-10
- Entrada en vigor
- 1993-12-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-1994-5709
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Islas Baleares ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Normativa reguladora.
- Artículo 3. Potestad reglamentaria normativa.
- Artículo 4. Colaboración e información mutua.
- Artículo 5. Coste efectivo.
- Artículo 6. Medios materiales y personales.
- Artículo 7. Control de la legalidad e impugnación de los actos y acuerdos de los consejos insulares.
- Disposición adicional primera. Comisiones paritarias.
- Disposición adicional segunda. Subrogación de los consejos insulares.
- Disposición transitoria primera. Resolución de los recursos administrativos.
- Disposición transitoria segunda. Representación y defensa judicial.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Autorización para el desarrollo.
- Disposición final segunda. Fecha de efectividad de la atribución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares. |
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/1993?
- Ley 8/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/1993?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/1993?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.