Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
BOE-A-2006-9895 · Boletín Oficial del Estado, 2006-06-05 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, regula el régimen jurídico de las subvenciones gestionadas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Esta norma es aplicable a partir de su entrada en vigor y se dirige a la Administración General de la Región de Murcia y a los organismos públicos vinculados a ella.
Entre los puntos clave de esta ley se encuentran: la obligación de establecer y publicar las bases reguladoras de las subvenciones antes de su concesión, garantizando así la transparencia y la concurrencia; la necesidad de que los beneficiarios justifiquen el uso de los fondos recibidos de acuerdo con lo estipulado en las bases; y la creación de planes estratégicos anuales para la gestión de subvenciones, que deben ser aprobados por las consejerías correspondientes. Además, se establece un régimen de control financiero para verificar el correcto uso de las subvenciones, así como procedimientos para el reintegro de fondos en caso de incumplimiento. Esta ley no está derogada y se mantiene vigente en su totalidad.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-11-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 133, 2006-06-05
- Entrada en vigor
- 2006-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 59
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-9895
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30. Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Régimen jurídico de las subvenciones.
- Artículo 3. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Planificación de la actividad subvencional.
- Artículo 6. Contenido de los planes estratégicos.
- Artículo 7. Valoración de los planes estratégicos.
- Artículo 8. Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea.
- Artículo 9. Sujetos participantes.
- Artículo 10. Órganos competentes para la concesión de subvenciones.
- Artículo 11. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 12. De las entidades colaboradoras.
- Artículo 13. Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.
- Artículo 14. Publicidad de las subvenciones.
- Artículo 15. Coordinación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
- Artículo 16. Régimen General de Garantías.
- Artículo 17. Iniciación.
- Artículo 18. Instrucción.
- Artículo 19. Resolución.
- Artículo 20. Notificación de la resolución.
- Artículo 21. Reformulación de las solicitudes.
- Artículo 22. Supuestos especiales de concurrencia.
- Artículo 23. Concesión directa.
- Artículo 24. Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios.
- Artículo 25. Justificación de las subvenciones.
- Artículo 26. Comprobación de subvenciones.
- Artículo 27. Comprobación de valores.
- Artículo 28. Procedimiento de aprobación del gasto.
- Artículo 29. Pago de las subvenciones.
- Artículo 30. Retención de pagos.
- Artículo 31. Procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad del acto de concesión.
- Artículo 32. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia.
- Artículo 33. Prescripción.
- Artículo 34. Obligados al reintegro.
- Artículo 35. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro.
- Artículo 36. Procedimiento de reintegro.
- Artículo 37. Coordinación de actuaciones.
- Artículo 38. Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones.
- Artículo 39. Facultades del personal controlador.
- Artículo 40. Deberes del personal controlador.
- Artículo 41. Del procedimiento de control financiero.
- Artículo 42. Documentación de las actuaciones de control financiero.
- Artículo 43. Efectos de los informes de control financiero.
- Artículo 44. Procedimiento sancionador.
- Artículo 45. Órganos competentes.
- Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.
- Disposición adicional segunda. Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados.
- Disposición adicional tercera. Ayudas en especie.
- Disposición adicional cuarta. Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza.
- Disposición adicional quinta. Aprobación de bases reguladoras en el Servicio Regional de Empleo y Formación.
- Disposición adicional sexta. Plan de cooperación local.
- Disposición adicional séptima. Subvenciones de cooperación humanitaria, institucional o para el desarrollo.
- Disposición adicional octava. Ayudas del Instituto Murciano de Acción Social.
- Disposición adicional novena. Créditos concedidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a particulares y empresas sin interés o con interés infer…
- Disposición adicional décima. Control financiero sobre las ayudas de la Unión Europea y seguimiento de sus resultados.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición transitoria segunda. Primer plan estratégico de subvenciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final. Desarrollo y entrada en vigor de esta ley.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2005?
- Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2005?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.