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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 5. Planificación de la actividad subvencional.

Artículo 5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-9895

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-07.

Texto consolidado

1. Los planes estratégicos de subvenciones se configuran como un instrumento de programación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

2. En cada consejería su titular aprobará un plan estratégico que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos vinculados a la misma, que tendrá vigencia anual.

3. Los planes estratégicos una vez aprobados serán remitidos a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, quien los enviará a la Asamblea Regional para su conocimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-02-07.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-3540.

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