Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana.
BOE-A-2010-10985 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-12 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 5/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 168, 2010-07-12
- Entrada en vigor
- 2010-07-20
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-10985
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 3. Finalidad de la ley.
- Artículo 4. Disposición general.
- Artículo 5. Información para la participación ciudadana.
- Artículo 6. Medios de información para la participación ciudadana.
- Artículo 7. Protección de datos de carácter personal.
- Artículo 8. Audiencia ciudadana.
- Artículo 9. Derecho de acceso a archivos y registros.
- Artículo 10. Derecho de propuestas o actuaciones de interés público.
- Artículo 11. Derecho a recabar la colaboración en la realización de actividades ciudadanas.
- Artículo 12. Derecho a la propuesta de iniciativa reglamentaria.
- Artículo 13. Régimen jurídico.
- Artículo 14. Derechos de las entidades ciudadanas.
- Artículo 15. Registro de Participación Ciudadana.
- Artículo 16. Red de Participación Ciudadana.
- Artículo 17. Instrumentos de participación ciudadana.
- Artículo 18. Proceso participativo.
- Artículo 19. Campañas informativas y formativas.
- Artículo 20. De las consultas a la ciudadanía.
- Artículo 21. Foros de consulta.
- Artículo 22. Paneles ciudadanos.
- Artículo 23. Jurados ciudadanos.
- Artículo 24. Otros órganos de participación ciudadana.
- Artículo 25. Fomento del asociacionismo.
- Artículo 26. Subvenciones y ayudas públicas.
- Artículo 27. Programas de formación para la participación ciudadana.
- Artículo 28. Medidas de sensibilización y formación para el personal al servicio de las administraciones públicas de Canarias.
- Disposición adicional primera. Aplicación de la presente ley a las Entidades Canarias en el Exterior.
- Disposición adicional segunda. Coordinación de los instrumentos de participación ciudadana.
- Disposición adicional tercera. De los órganos de participación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima. Colaboración con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición transitoria única. Derecho a recibir información individualizada.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2010?
- Ley 5/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2010?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.