Artículo 28. Medidas de sensibilización y formación para el personal al servicio de las administraciones públicas de Canarias.
Artículo 28 de la Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana. · BOE-A-2010-10985
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-20.
Texto consolidado
1. Además de los programas de formación a los que se refiere el artículo anterior, el Gobierno de Canarias promoverá en las distintas administraciones públicas cursos de formación entre el personal al servicio de las mismas, con el objetivo de dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana que regula la presente ley, fomentado su aplicación y promoción por las instituciones públicas correspondientes.
2. Los citados cursos de formación, además de las finalidades a que se refiere el artículo anterior, deberán fomentar la cultura de participación ciudadana en la Administración Pública, la cooperación y acercamiento de la Administración a la ciudadanía y de ésta a la Administración.