Disposición adicional primera. Aplicación de la presente ley a las Entidades Canarias en el Exterior.
Disposición adicional primera de la Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana. · BOE-A-2010-10985
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-20.
Texto consolidado
Las Entidades Canarias en el Exterior definidas en la Ley 4/1986, de 25 de junio, de Entidades Canarias en el Exterior y del Consejo Canario de Entidades en el Exterior, gozan de la condición de entidades ciudadanas, siéndoles de aplicación, a todos los efectos, lo dispuesto en la presente ley.
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