Artículo 25. Fomento del asociacionismo.
Artículo 25 de la Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana. · BOE-A-2010-10985
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-20.
Texto consolidado
1. Todas las personas tienen derecho a participar directamente o través de sus asociaciones en la gestión de los asuntos públicos.
2. Los poderes públicos canarios fomentarán y apoyarán el asociacionismo y el voluntariado, considerados ambos como la expresión colectiva del compromiso de la ciudadanía.
3. A tal efecto, los poderes públicos canarios podrán adoptar medidas normativas y, dentro de sus posibilidades presupuestarias, medidas económicas de fomento como ayudas, subvenciones, convenios, cursos de formación y capacitación, servicios de asesoramiento y cualquier otra forma de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad.