Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del Exterior.
BOE-A-2001-814 · Boletín Oficial del Estado, 2001-01-12 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 5/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2000
- Fecha de la disposición
- 2000-11-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 11, 2001-01-12
- Entrada en vigor
- 2001-01-02
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-814
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, modificada por las Leyes Orgánicas 6/1994, de 24 de marzo, y 5/1996, de 30 de diciembre, establece en su artículo 8 que «Los poderes públicos aragoneses velarán para que las Comunidades aragonesas asentadas fuera de Aragón puedan, en la forma y con el alcance que una Ley de Cortes aragonesas determine, participar en la vida social y cultural de Aragón, sin que ello suponga en ningún caso la concesión de derechos políticos».
Índice del articulado
- Artículo 1. Objetivos de la Ley.
- Artículo 2. Miembros de las comunidades aragonesas del exterior.
- Artículo 3. Casas y Centros de Aragón.
- Artículo 4. Financiación.
- Artículo 5. Derechos de los miembros de las comunidades aragonesas.
- Artículo 6. Prestaciones a favor de los miembros de las comunidades aragonesas.
- Artículo 7. Otras prestaciones.
- Artículo 8. Reconocimiento de las Casas y Centros de Aragón.
- Artículo 9. Federaciones y confederaciones de Casas y Centros de Aragón.
- Artículo 10. Registro de Casas y Centros de Aragón.
- Artículo 11. Prestaciones en favor de las Casas y Centros de Aragón.
- Artículo 12. Ayudas.
- Artículo 13. Otras medidas de apoyo y fomento.
- Artículo 14. Criterios para otorgar el apoyo institucional.
- Artículo 15. El Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
- Artículo 16. Funciones del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
- Artículo 17. Composición del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
- Artículo 18. Funcionamiento del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
- Artículo 19. Congreso de las Comunidades Aragonesas del exterior.
- Artículo 20. Convenios y acuerdos de cooperación.
- Artículo 21. Tratados internacionales.
- Disposición adicional primera. Elaboración de un censo de miembros de las comunidades aragonesas del exterior.
- Disposición adicional segunda. Casas y Centros de Aragón, federaciones y confederaciones existentes.
- Disposición adicional tercera. Retribuciones.
- Disposición adicional cuarta. Medidas tendentes a la recuperación de la vecindad civil aragonesa.
- Disposición adicional quinta. Constitución de una fundación.
- Disposición transitoria única. Constitución del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
- Disposición derogatoria única. Cláusula derogatoria.
- Disposición final única. Desarrollo reglamentario.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 8 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto |
| Deroga | la Ley 7/1985, de 2 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2000?
- Ley 5/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2000?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.