Artículo 14. Criterios para otorgar el apoyo institucional.
Artículo 14 de la Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del Exterior. · BOE-A-2001-814
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-02.
Texto consolidado
A la hora de establecer el apoyo institucional que ha de otorgar, en cada caso, el Gobierno de Aragón, éste ha de tener en cuenta, necesariamente, todo el conjunto de factores que inciden en la actividad regular de las Casas y Centros de Aragón.