Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
BOE-A-2015-11346 · Boletín Oficial del Estado, 2015-10-22 · Jefatura del Estado
Ley 47/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-27.
Resumen
La Ley 47/2015 regula la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero en España, aplicándose desde su entrada en vigor el 1 de noviembre de 2015. Esta norma establece un marco específico para el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que incluye a trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que realizan actividades marítimo-pesqueras, así como a aquellos que desean acceder a este sector.
Entre los puntos clave de la ley se encuentran: la inclusión de nuevos colectivos como investigadores y personal de seguridad a bordo de embarcaciones; la regulación de la cotización y las bases de cotización, que se adaptan a las particularidades del sector; y la creación de programas de formación y asistencia sanitaria específica para estos trabajadores. Además, se establece que el Instituto Social de la Marina será el organismo encargado de gestionar tanto la protección social como las prestaciones específicas para este colectivo. La ley no está derogada y se mantiene vigente, actualizando y unificando la normativa anterior relacionada con la seguridad social de los trabajadores del mar.
Datos clave
- Rango
- Ley 47/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-10-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 253, 2015-10-22
- Entrada en vigor
- 2015-11-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-27
- Artículos
- 64
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-11346
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Normativa reguladora.
- Artículo 2. Extensión del campo de aplicación.
- Artículo 3. Trabajadores por cuenta ajena.
- Artículo 4. Trabajadores por cuenta propia.
- Artículo 5. Asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena.
- Artículo 6. Excepción al principio de territorialidad.
- Artículo 7. Inscripción de empresas y afiliación de personas trabajadoras.
- Artículo 8. Cotización.
- Artículo 9. Bases de cotización.
- Artículo 10. Clasificación de personas trabajadoras.
- Artículo 11. Coeficientes correctores.
- Artículo 12. Recaudación.
- Artículo 13. Contingencias protegidas.
- Artículo 14. Prestaciones.
- Artículo 15. Mejora voluntaria de las prestaciones.
- Artículo 16. Revalorización de pensiones.
- Artículo 17. Caracteres de las prestaciones.
- Artículo 18. Incompatibilidad de pensiones.
- Artículo 19. Cómputo de periodos de cotización a distintos regímenes de Seguridad Social.
- Artículo 20. Condiciones del derecho a las prestaciones.
- Artículo 21. Asistencia sanitaria.
- Artículo 22. Recuperación profesional.
- Artículo 23. Incapacidad temporal.
- Artículo 24. Nacimiento y cuidado de menor.
- Artículo 25. Corresponsabilidad en el cuidado del lactante.
- Artículo 26. Riesgo durante el embarazo.
- Artículo 27. Riesgo durante la lactancia natural.
- Artículo 28. Prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Artículo 29. Incapacidad permanente.
- Artículo 30. Jubilación.
- Artículo 31. Muerte y supervivencia.
- Artículo 32. Prestaciones familiares.
- Artículo 33. Prestaciones por desempleo.
- Artículo 34. Prestaciones por cese de actividad.
- Artículo 35. Servicios sociales y asistencia social.
- Artículo 36. Infracciones y sanciones.
- Artículo 37. Derecho supletorio.
- Artículo 38. Beneficiarios.
- Artículo 39. Sanidad marítima.
- Artículo 40. Servicios asistenciales.
- Artículo 41. Formación Profesional Marítima y Sanitaria.
- Artículo 42. Entidad competente.
- Artículo 43. Gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Artículo 44. Gestión de la protección social específica de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
- Artículo 45. Estructura organizativa del Instituto Social de la Marina.
- Artículo 46. Composición y funcionamiento de los órganos de participación en la gestión.
- Artículo 47. Sistema financiero.
- Artículo 48. Recursos generales.
- Disposición adicional primera. Excepción a la incompatibilidad de la aplicación de coeficientes correctores de la cotización con cualquier otra bonificación o reducción.
- Disposición adicional segunda. No incremento de gastos de personal.
- Disposición adicional tercera. Estudio sobre las condiciones del trabajo de los buceadores deportivos y recreativos.
- Disposición adicional cuarta. Colectivo de neskatillas y empacadoras.
- Disposición adicional quinta. Aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y de la cotización adicional de solidaridad a los trabajadores del Régimen Especial de la Seg…
- Disposición adicional quinta [sic]. Modificación de coeficientes reductores a aplicar a las actividades de marisqueo, recogida de percebes y recogida de algas.
- Disposición adicional sexta. Reconocimiento de coeficientes reductores para las actividades de rederas, neskatillas, empacadoras y buceadores profesionales.
- Disposición adicional séptima. Elaboración de un catálogo de enfermedades profesionales.
- Disposición transitoria primera. Aplicación de legislaciones anteriores para causar derecho a pensión de jubilación.
- Disposición transitoria segunda. Cotizaciones efectuadas en anteriores regímenes.
- Disposición transitoria tercera. Cotización por contingencias profesionales de determinados colectivos de trabajadores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Cambio de medición del arqueo de las embarcaciones.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (15)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 47/2015?
- Ley 47/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-27.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 47/2015?
- El BOE registra 15 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 47/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.