Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía.
BOE-A-2026-6643 · Boletín Oficial del Estado, 2026-03-23 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 1/2026 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
Resumen
La Ley 1/2026, de 20 de febrero, regula el sistema universitario en Andalucía, estableciendo un marco normativo para la enseñanza superior en la comunidad. Esta ley es aplicable a todas las universidades y centros de educación superior en Andalucía desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave, la ley establece que las universidades deben garantizar la calidad de la educación, promoviendo la investigación y la transferencia de conocimiento. Además, se asegura la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior, con un enfoque en la inclusión de personas con discapacidad y en la promoción de la igualdad de género. También se introducen mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, obligando a las universidades a informar sobre su gestión y resultados ante el Parlamento de Andalucía. Por último, se deroga el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades de 2013, actualizando y adaptando la normativa a las necesidades actuales del sistema educativo y social.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2026
- Fecha de la disposición
- 2026-02-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 72, 2026-03-23
- Entrada en vigor
- 2026-03-26
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-20
- Artículos
- 179
- Identificador BOE
- BOE-A-2026-6643
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren.
Sabed: Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley Universitaria para Andalucía.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Sistema universitario andaluz.
- Artículo 3. Principios informadores del sistema universitario andaluz.
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- Artículo 5. Funciones, reserva de actividad y de denominación.
- Artículo 6. Prerrogativas y potestades de las universidades públicas de Andalucía.
- Artículo 7. Docencia, investigación y transferencia de conocimiento.
- Artículo 8. Docencia universitaria.
- Artículo 9. Formación docente.
- Artículo 10. Evaluación de la docencia.
- Artículo 11. Enseñanzas y planes de estudios.
- Artículo 12. Modalidades de impartición de las enseñanzas universitarias.
- Artículo 13. Competencia lingüística.
- Artículo 14. Implantación y supresión de títulos universitarios oficiales.
- Artículo 15. Títulos universitarios propios.
- Artículo 16. Microcredenciales.
- Artículo 17. Investigación.
- Artículo 18. Estructuras de investigación.
- Artículo 19. Personal para proyectos concretos de investigación.
- Artículo 20. Personal investigador en formación.
- Artículo 21. Transferencia e intercambio del conocimiento e innovación.
- Artículo 22. Entidades o empresas basadas en el conocimiento.
- Artículo 23. Ciencia abierta y ciudadana.
- Artículo 24. Participación del sistema público universitario andaluz en la compra pública de innovación.
- Artículo 25. Composición de la comunidad universitaria.
- Artículo 26. Fomento de una comunidad en valores.
- Artículo 27. Igualdad de género.
- Artículo 28. Comunidad universitaria con discapacidad.
- Artículo 29. Voluntariado universitario.
- Artículo 30. Cooperación al desarrollo.
- Artículo 31. Emprendimiento universitario.
- Artículo 32. Convivencia universitaria.
- Artículo 33. Envejecimiento activo.
- Artículo 34. Derechos del estudiantado.
- Artículo 35. Paro académico.
- Artículo 36. Deberes del estudiantado.
- Artículo 37. Becas y ayudas al estudio.
- Artículo 38. El personal docente e investigador.
- Artículo 39. Gestión de plantillas.
- Artículo 40. Dedicación del profesorado universitario.
- Artículo 41. Colaboración del personal docente e investigador con agentes del conocimiento.
- Artículo 42. Selección y concursos de los cuerpos docentes universitarios.
- Artículo 43. Régimen retributivo de los cuerpos docentes universitarios.
- Artículo 44. Formación, licencias y movilidad.
- Artículo 45. Modalidades de contratación.
- Artículo 46. Profesorado ayudante.
- Artículo 47. Profesorado ayudante doctor.
- Artículo 48. Profesorado permanente laboral.
- Artículo 49. Profesorado asociado.
- Artículo 50. Profesorado sustituto.
- Artículo 51. Profesorado visitante y profesorado singular invitado.
- Artículo 52. Profesorado emérito.
- Artículo 53. Profesorado distinguido.
- Artículo 54. Adscripción del profesorado y personal científico e investigador contratado.
- Artículo 55. Selección del profesorado contratado.
- Artículo 56. Régimen retributivo del personal docente e investigador laboral.
- Artículo 57. Principios de organización y funcionamiento de los servicios de las universidades públicas.
- Artículo 58. Clases de personal.
- Artículo 59. Funciones generales.
- Artículo 60. Carrera profesional.
- Artículo 61. Formación y movilidad.
- Artículo 62. Régimen jurídico y régimen retributivo.
- Artículo 63. Creación de escalas y selección.
- Artículo 64. Planificación estratégica de personal.
- Artículo 65. Competencias.
- Artículo 66. Objetivos y fines.
- Artículo 67. Definición y adscripción.
- Artículo 68. Funcionamiento.
- Artículo 69. Composición y funciones del Pleno.
- Artículo 70. Comisión Académica y de Programación.
- Artículo 71. Comisión del Sistema Público Universitario.
- Artículo 72. Definición y funciones.
- Artículo 73. Composición y funcionamiento.
- Artículo 74. Programación universitaria docente plurianual de la Junta de Andalucía.
- Artículo 75. Observatorio de Datos de las Universidades Públicas Andaluzas.
- Artículo 76. Modelo de ciberseguridad de las universidades públicas andaluzas con la Junta de Andalucía.
- Artículo 77. Distrito único universitario.
- Artículo 78. Internacionalización del sistema universitario andaluz.
- Artículo 79. Instrumentos de internacionalización.
- Artículo 80. La Universidad Internacional de Andalucía como elemento de coordinación de la internacionalización de las universidades públicas andaluzas.
- Artículo 81. Centros del sistema universitario andaluz en el extranjero.
- Artículo 82. Facultades y escuelas.
- Artículo 83. Departamentos.
- Artículo 84. Escuelas de Doctorado.
- Artículo 85. Campus universitarios.
- Artículo 86. Unidades básicas.
- Artículo 87. Criterios para su dotación fundacional o aportaciones al capital social.
- Artículo 88. Claustro Universitario.
- Artículo 89. Consejo de Gobierno.
- Artículo 90. Órganos unipersonales universitarios.
- Artículo 91. Elecciones a rector o rectora.
- Artículo 92. Naturaleza.
- Artículo 93. Funciones.
- Artículo 94. Composición.
- Artículo 95. Ceses y vacantes.
- Artículo 96. Reglamento de organización y funcionamiento.
- Artículo 97. Régimen jurídico de las actuaciones del Consejo Social.
- Artículo 98. Incompatibilidades.
- Artículo 99. Presupuesto y medios.
- Artículo 100. Consejo Andaluz de Consejos Sociales Universitarios.
- Artículo 101. Administración y disposición de bienes.
- Artículo 102. Expropiación.
- Artículo 103. Patrimonio histórico.
- Artículo 104. Principios.
- Artículo 105. Uso de remanentes no afectados.
- Artículo 106. Planificación estratégica y contratos programa.
- Artículo 107. Presupuesto de las universidades públicas.
- Artículo 108. Endeudamiento.
- Artículo 109. Rendición de cuentas.
- Artículo 110. Contabilidad analítica.
- Artículo 111. Transparencia.
- Artículo 112. Integridad.
- Artículo 113. Consejo de Integridad.
- Artículo 114. Publicidad.
- Artículo 115. Procedimiento de creación y reconocimiento.
- Artículo 116. Requisitos generales.
- Artículo 117. Requisitos específicos para las universidades privadas.
- Artículo 118. Solicitud y documentación adjunta para universidades privadas.
- Artículo 119. Autorizaciones para el inicio de las actividades y conformidades.
- Artículo 120. Control del cumplimiento de los requisitos y revocación de la autorización.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | , con variación de preceptos modificadores, en BOE núm. 94, de 17 de abril de 2026 |
| Corrección de errores | , con variación de preceptos modificadores, en BOJA núm. 67 de 9 de abril de 2026 |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2026?
- Ley 1/2026 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2026?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2026?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.